MP C/ JOSÉ MIGUEL PINTO MERA
Rol
O-7989-2020
Fecha
9 de abril de 2022
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
vistos y teniendo presente que: 1° Por el Ministerio Público se encuentra presente, Fiscal doña Claudia Turra Lagos, domiciliada en Arturo Prat 080 Temuco. La persona imputada presente es José Miguel Pinto Mera, RUN 21.091.155-3, 18 años, nacido el día 18/08/2002, mecánico, fono 63911547, domiciliado en calle Iansa Nº 03758 Villa Israel Temuco. Representa a la persona individualizada, abogada de la Defensa Penal Pública Licitada, doña Leila Yohanna Guittermann Montenegro, quien en calle Portales N° 361, de Temuco, se encuentra domiciliada. 2° Los antecedentes en que el requerimiento del órgano persecutor se ha fundado, no se discuten, son conocidos por la persona a la que se ha imputado, y volver a mencionarlos aquí está demás, debiendo darse por reproducidos. A ellos viene a sumarse, la fundamental circunstancia de que la persona imputada, en los hechos, admite responsabilidad, por lo que de los siguientes está convencido el tribunal: El día 25 de agosto de 2020, alrededor de las 22:40 horas, la victima don Raúl Elías Fuentes Torres, se encontraba en el exterior de su domicilio, ubicado en pasaje Epu N°1750 de Padre Las Casas a la que se le acerco el requerido que es un vecino, quien sin mayor provocación de la víctima le señala a viva voz “Te voy a matar viejo culiao, me aburriste”, colocando luego sus manos entre sus bolsillos tratando de sacar algún objeto que allí mantenía, momento en que interviene la madre del requerido, conduciéndolo posteriormente a su domicilio. 3° Los antes referidos hechos, según se estima, configuran la falta consumada coacción en contexto de violencia intrafamiliar, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 16 del Código Penal, VXDZYWVCDX Luis Alberto Olivares Apablaza Juez de garantía Fecha: 09/04/2022 17:21:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno es
Fundamentos
considerando la naturaleza del procedimiento y la actitud de la defensa, que no plantea discusión. 4° En el antes señalado ilícito corresponde a la persona requerida participación en la calidad legal autor. 5° Favorece a la persona requerida la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, por no registrar condenas y se aplica la multa que se indica, rebajada desde el mínimo legal, considerando sus precarias facultades y su mermado caudal. Por lo considerado, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 15, 69, 70 y 494 N° 16 del Código Penal; y artículos 388 y 395 del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara que: I.- Se condena a José Miguel Pinto Mera, RUN 21.091.155-3, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, por la calidad legal autor que le corresponde en coacción consumada en la persona de la víctima don Raúl Elías Fuentes Torres, ilícito que ha sido perpetrado en Padre Las Casas, el día 25 de agosto de 2020. II.- A la persona sentenciada en costas no se condena por su actitud procesal, que dictar sentencia de inmediato, ha permitido al tribunal, evitando así la realización de un engorroso juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para la caja Fiscal. III.- La pena de multa impuesta se tiene por pagada con el tiempo que estuvo detenido el día de hoy 9 de abril de 2022. III.- En la especie concurren antecedentes favorables que no hacen aconsejable la imposición de la pena al imputado, constituidos por el hecho de que no registra condenas anteriores. En atención a ello, concurren los requisitos legales necesarios, por lo que el tribunal estima prudente suspender la pena de VXDZYWVCDX Luis Alberto Olivares Apablaza Juez de garantía Fecha: 09/04/2022 17:21:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla
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Temuco, nueve de abril de dos mil veintidós. Oídos los intervinientes, vistos y teniendo presente que: 1° Por el Ministerio Público se encuentra presente, Fiscal doña Claudia Turra Lagos, domiciliada en Arturo Prat 080 Temuco. La persona imputada presente es José Miguel Pinto Mera, RUN 21.091.155-3, 18 años, nacido el día 18/08/2002, mecánico, fono 63911547, domiciliado en calle Iansa Nº 03758 Vi
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