SILVA/OLIVARES
Rol
C-3661-2019
Fecha
9 de enero de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do a Katerin Silva vila, abogado, domiciliada en Paseo Rosañ Á Rodr guez N 1375, oficina 604, Santiago, en representaci n de í ° ó Gerthy Clara Hanke Fuchslocher, empresaria, con domicilio en Cabildo N 6260, departamento 152,° comuna de Las Condes, interponiendo demanda ejecutiva conforme a los antecedentes que pasa a exponer. Refiere que su representada es due o de los siguientes t tulos de cr dito: queñ í é acompa a:ñ 1.- Pagar por la cantidad de UF 9.365, pagadero a la vista en su equivalente ené pesos a la fecha del pago efectivo, suscrito con fecha 21 de enero del a o 2016, enñ calidad de deudor, por la demandada Mar a Valeska Olivares Hanke, í factor de comercio, con domicilio en Escultora Rebeca Matte N 2438, comuna de La Reina,º Regi n Metropolitana. La firma referida se encuentra autorizada por notario p blico.ó ú Agrega que la cantidad adeudada, seg n se consign en el pagar extendido, fueú ó é para ser pagada a la vista y el impuesto de timbres y estampillas se pag el 22 de eneroó de 2016 en el Banco BBVA seg n giro de fecha 21 de enero de 2016 Folio N 6010103,ú º que tambi n acompa a.é ñ 2.- Pagar por la cantidad de UF 4.065 pagadero a la vista en su equivalente ené pesos a la fecha del pago efectivo, suscrito con fecha 21 de abril del a o 2016, en calidadñ de deudor, por la demandada do a Mar a Valeska Olivares Hanke; estando la indicadañ í r brica autorizada por Notario P blico. Sostiene que el impuesto de timbres yú ú estampillas se pag el 22 de abril de 2016 en el Banco Santander, seg n giro de fecha 21ó ú de abril de 2016 Folio N 6010285, que tambi n acompa a.º é ñ C-3661-2019 Foja: 1 Se remite al art culo 49 de la ley N 18.092 y concluye que la demandada ten aí ° í un a o a contar de la fecha de giro y/o suscripci n de los respectivos pagar s para hacerñ ó é pago de las cantidades adeudadas; lo que no hizo ni se verific en modo alguno.ó As las cosas, invoca que demanda ejecutivamente el pago del total de la deudaí insoluta, que as
Fundamentos
CONSIDERANDO:Ó PRIMERO: Que comparece do a Katerin Silva vila en representaci n deñ Á ó Gerthy Clara Hanke Fuchslocher, interponiendo demanda ejecutiva de cobro de los pagar s que singulariza y acompa a, en contra de do a Mar a Valeska Olivares Hanke.é ñ ñ í Funda su acci n en los antecedentes que han sido precedentemente expuestos.ó SEGUNDO: Que, compareciendo la demandada, deduce la excepci n a laó ejecuci n contenida en el art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en su numeraló í ó N 17, esto es, la prescripci n de la deuda o solo de la acci n ejecutiva; conforme a los° ó ó argumentos que han sido indicados en la parte expositiva. TERCERO: Que, en autos constan como documentos acompa ados por lañ actora, los siguientes: 1.- Pagar , en original, a la orden de Gerthy Clara Hanke Fuchslocher, de fecha 21é de enero de 2016, a la vista, por la suma de UF 9.365,00, pagadera en su equivalente en pesos. C-3661-2019 Foja: 1 Figura como deudora do a Mar a Valeska Olivares Hanke, estando su r bricañ í ú autorizada con la misma data del documento. Tiene aparejado formulario de declaraci n y pago de impuesto de timbres yó estampillas, con comprobante de haber sido solucionado. 2.- Pagar , en original, a la orden de Gerthy Clara Hanke Fuchslocher, de fecha 21é de abril de 2016, a la vista, por la suma de UF 4.065,00, pagadera en su equivalente en pesos. Figura como deudora do a Mar a Valeska Olivares Hanke, estando su r bricañ í ú autorizada con la misma data del documento. Tiene aparejado formulario de declaraci n y pago de impuesto de timbres yó estampillas, con comprobante de haber sido solucionado. CUARTO: Que en relaci n a la excepci n deducida por la demandada,ó ó conforme al numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, deí ó prescripci n de la deuda o solo de la acci n ejecutiva, ó ó de acuerdo con lo dispuesto por el art culo 2492 del C digo Civil, la prescripci n extintiva í ó ó es un modo de extinguir“ las acciones y derechos ajenos por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales.á ” Por su parte, el art culo 2514 inciso segundo del mismo cuerpo legal, regula queí se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ó QUINTO: Que, luego, en relaci n a la naturaleza del documento fundante de laó presente ejecuci n, la ley 18.092, que ó Dicta nuevas normas sobre letra de cambio y“ pagar ( ) ,é … ” en su el art culo 98, dispone que í “el plazo de prescripci n de las accionesó cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d añ í del vencimiento del documento”, estableciendo un t rmino especial de prescripci n paraé ó las acciones de cobro de las obligaciones representadas por un pagar .é Asimismo, el art culo 105 de aquella ley norma que í El pagar puede ser“ é extendido: 1.- A la vista; 2.- A un plazo contado desde su fecha, y 3.- A un d a fijo yí determinado . ” En el presente caso, conf
Fallo
se declara admisible la excepci nó ó interpuesta, y se recibe la causa a prueba, fijando el hecho sustancial, pertinente y controvertido sobre el cual debe recaer la misma. Dicha sentencia interlocutoria fue notificada a ambas partes, en virtud de resoluciones reca das en solicitudes planteadas alí efecto por aqu llas.é Transcurridos los t rminos legales pertinentes, por providencia de folio 19, se citaé a las partes a o r sentencia.í EN RELACI N Y CONSIDERANDO:Ó PRIMERO: Que comparece do a Katerin Silva vila en representaci n deñ Á ó Gerthy Clara Hanke Fuchslocher, interponiendo demanda ejecutiva de cobro de los pagar s que singulariza y acompa a, en contra de do a Mar a Valeska Olivares Hanke.é ñ ñ í Funda su acci n en los antecedentes que han sido precedentemente expuestos.ó SEGUNDO: Que, compareciendo la demandada, deduce la excepci n a laó ejecuci n contenida en el art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en su numeraló í ó N 17, esto es, la prescripci n de la deuda o solo de la acci n ejecutiva; conforme a los° ó ó argumentos que han sido indicados en la parte expositiva. TERCERO: Que, en autos constan como documentos acompa ados por lañ actora, los siguientes: 1.- Pagar , en original, a la orden de Gerthy Clara Hanke Fuchslocher, de fecha 21é de enero de 2016, a la vista, por la suma de UF 9.365,00, pagadera en su equivalente en pesos. C-3661-2019 Foja: 1 Figura como deudora do a Mar a Valeska Olivares Hanke, estando su r bricañ í ú autorizada con la misma dat
Texto Completo (Preview)
C-3661-2019 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3661-2019 CARATULADO : SILVA/OLIVARES Santiago, nueve de Enero de dos mil veinte VISTOS: Comparece do a Katerin Silva vila, abogado, domiciliada en Paseo Rosañ Á Rodr guez N 1375, oficina 604, Santiago, en representaci n de í ° ó Gerthy Clara Hanke Fuchslocher, empresaria, con d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica