Juzgado de Garantía de Iquique.

FISCALIA LOCAL IQUIQUE C/ PAMELA ANDREA VADULLI SEGOVIA

Rol

O-3966-2021

Fecha

5 de abril de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 04 de junio del 2021 en horas de la mañana aproximadamente a las 08.25 horas, en circunstancias que personal de Carabineros fueron alertados por personal en la central de cámaras municipales que una mujer, luego identificada como la acusada PAMELA VADULLI SEGOVIA, se encontraba en el exterior de un local comercial de calle Latorre con calle Sargento Aldea de esta ciudad y había realizado la entrega a cambio de dinero de un envoltorio de papel blanco a un tercero, al parecer en una típica transacción de droga, para luego abordar un vehículo de locomoción colectiva se procedió a su seguimiento y posterior fiscalización en calle Luis Jaspard con Robert Kenedy, sorprendiéndola manteniendo en su poder con el fin de traficar, de 2 envoltorios de papel cuadriculado de color blanco con una sustancia beige que resulto ser cocaína con un peso de 4 gramos 300 miligramos aproximadamente. Además de la suma de $48.200 en dinero en efectivo de diferente denominación. Mientras eso ocurría se procedió a fiscalizar al sujeto al cual le había entregado el envoltorio de papel la acusada, identificándose a este como JUAN ARANEDA, quien entrego el envoltorio de papel blanco cuadriculado, el que resulto contenedor cocaína con un peso de 200 miligramos aproximadamente. DELITO TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES , prescrito en el artículo 4 y sancionado en el artículo 1 de la Ley N.º 20.000. PARTICIPACIÓN: Autora GRADO DE EJECUCIÓN: Consumado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS No concurren. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO SE DECLARA: Que se condena a, PAMELA ANDREA VADULLI SEGOVIA, cédula de identidad N° 0014106960-8, ya individualizado, como autor del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, prescrito en el artículo 4 y sancionado en el artículo 1 de la Ley Nº 20.000, ocurrido en Iquique, el día 04 de junio del 2021, a sufrir la pena

Fundamentos

motivos de esta causa, esto es, el día 05/04/2022. Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA 541 NOCHES Centro de cumplimiento penitenciario de Iquique. Observación: La sentenciada deberá encerrarse desde las 22:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas del día siguiente, en la Unidad de Gendarmería correspondiente a esta ciudad, o si cuenta con informe de factibilidad técnica positivo en su domicilio en ese mismo horario, previa autorización del Tribunal. Deberá presentarse en el plazo de 20 días. Si no se presenta se despachará orden de aprehensión, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento tendrá que cumplir la pena privado totalmente de libertad o podrá ser intensificada o revocada la pena sustitutiva. COMISO Detalle Especies decomisadas Destino Especies Dicrep, las que serán destruidas si carecieren de valor económico así como la droga. Dinero. Debe depositarse en la cuenta que corresponde Convenio De Recaudación Senda - Ley 20.000, Banco Estado. COSTAS NO CONDENA EN COSTAS OTROS EFECTOS La defensa solicita que se abone a la pena el tiempo que la sentenciada se mantuvo sometida a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno. El Tribunal resuelve oficiar a Carabineros de Chile, a fin de que informe la fecha en que comenzó a fiscalizar la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, asimismo la fecha en que terminó la fiscalización y todas las fechas y horarios en que se constató incumplimiento, para efectos de que la defensa haga la petición correspondiente al abono referido al momento de dictarse la sentencia. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor a la Primera Comisaría de Carabineros de Iquique. Oficio J 1819-2022. SITUACION DE LIBERTAD Orden de libertad INTERVINIENTES RENUNCIAN A PLAZOS Y RECURSOS LEGALES. SENTENCIA EJECUTORIADA. Cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal. CORRELATIVO DE SENTENCIA N°172-2022 “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo LXXXYVWXHV Veronica del Pilar Opazo Miranda Juez de garantía Fecha: 07/04/2022 15:52:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y resuelto en la audiencia.” Dirigió la audiencia y resolvió doña VERONICA DEL PILAR OPAZO MIRANDA,

Fallo

Se declara legal la detención de la imputada realizada el día 5 de abril de 2022 alrededor de las 00:13 horas. Asimismo, se le apercibe en el domicilio de Calle Cerro la Cruz Nº 7 en Iquique, de acuerdo al artículo 26 del Código Procesal Penal. Se da lectura a la acusación. La fiscalía señala que hay bases para abreviado. Habiendo aceptado el procedimiento abreviado, se dicta sentencia condenatoria respecto de la imputada. REQUERIMIENTO EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: El día 04 de junio del 2021 en horas de la mañana aproximadamente a las 08.25 horas, en circunstancias que personal de Carabineros fueron alertados por personal en la central de cámaras municipales que una mujer, luego identificada como la acusada PAMELA VADULLI SEGOVIA, se encontraba en el exterior de un local comercial de calle Latorre con calle Sargento Aldea de esta ciudad y había realizado la entrega a cambio de dinero de un envoltorio de papel blanco a un tercero, al parecer en una típica transacción de droga, para luego abordar un vehículo de locomoción colectiva se procedió a su seguimiento y posterior fiscalización en calle Luis Jaspard con Robert Kenedy, sorprendiéndola manteniendo en su poder con el fin de traficar, de 2 envoltorios de papel cuadriculado de color blanco con una sustancia beige que resulto ser cocaína con un peso de 4 gramos 300 miligramos aproximadamente. Además de la suma de $48.200 en dinero en efectivo de diferente denominación. Mientras eso ocurría se procedió a fiscalizar a

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Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Iquique, cinco de abril de dos mil veintidós Magistrado VERONICA DEL PILAR OPAZO MIRANDA Fiscal KELLY LOUISE PEREZ HARMER Defensor CAROLINA FRANCISCA LAGOS JORQUERA Hora inicio 02:07 PM Hora termino 02:31 PM Sala SALA D VIRTUAL Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta JIG/crh RUC 2100536721-K RIT 3966 – 2021 Delito Trafico de p

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