C/ OSCAR AYAX IBARRA MUÑOZ
Rol
O-6141-2021
Fecha
4 de abril de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que motivan el requerimiento, por lo que se ha procedido en conformidad a lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Que el hecho se encuentra en grado de frustrado, favorece al requerido la atenuante contemplada en el artículo 11 N° 9 del Código Penal, TERCERO: Que, como se lee en el extracto de filiación y antecedentes del imputado Ibarra Muñoz registra condenas anteriores, sin perjuicio de lo anterior y, atento lo que se resolverá respecto de las sanciones corporal y pecuniaria, en relación a las medidas alternativas, se estará, a lo que se señale en lo resolutivo de la presente sentencia. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 36, 45, 47 inciso 3º, 97, 340, 341, 342, 346, 388, 389, 393 y 395 inciso 2º, del Código Procesal Penal y artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 30, 49, 51, 432 y 446 N°2 del Código Penal, Ley N°18.216 y Ley N°20.603; SE DECLARA: I. Que, se CONDENA a OSCAR AYAX IBARRA MUÑOZ, ya individualizado en audiencia a la pena de CIENTO CUARENTA Y SIETE DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, más la accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor NWYFYVRXNG JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO Juez de garantía Fecha: 06/04/2022 15:17:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl ejecutor de un delito frustrado de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal, cometido en la comuna de Pr
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el enjuiciado Ibarra Muñoz admitió responsabilidad en los hechos que motivan el requerimiento, por lo que se ha procedido en conformidad a lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Que el hecho se encuentra en grado de frustrado, favorece al requerido la atenuante contemplada en el artículo 11 N° 9 del Código Penal, TERCERO: Que, como se lee en el extracto de filiación y antecedentes del imputado Ibarra Muñoz registra condenas anteriores, sin perjuicio de lo anterior y, atento lo que se resolverá respecto de las sanciones corporal y pecuniaria, en relación a las medidas alternativas, se estará, a lo que se señale en lo resolutivo de la presente sentencia. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 36, 45, 47 inciso 3º, 97, 340, 341, 342, 346, 388, 389, 393 y 395 inciso 2º, del Código Procesal Penal y artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 30, 49, 51, 432 y 446 N°2 del Código Penal, Ley N°18.216 y Ley N°20.603;
Fallo
SE DECLARA: I. Que, se CONDENA a OSCAR AYAX IBARRA MUÑOZ, ya individualizado en audiencia a la pena de CIENTO CUARENTA Y SIETE DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, más la accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor NWYFYVRXNG JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO Juez de garantía Fecha: 06/04/2022 15:17:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl ejecutor de un delito frustrado de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal, cometido en la comuna de Providencia, el día 30 de junio de 2021. II. Que las penas corporal y de multa precedentemente impuestas, se le tienen por cumplidas al sentenciado OSCAR AYAX IBARRA MUÑOZ, con el mayor tiempo que se ha visto ininterrumpidamente privado de libertad con ocasión de esta causa, a saber, desde el día 30 de junio de 2021 al 04 de abril de 2022 ambas fechas inclusive, periodo en el cual se mantuvo sujeto a la med
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TRIBUNAL : 8° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RIT : 6141-2021 RUC : 2100607075-k IMPUTADO : Oscar Ayax Ibarra Muñoz CÉDULA DE IDENTIDAD : 20.627.245-7 DOMICILIO : Miguel de Atero N°2622, Quinta Normal. PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO DELITO : Hurto HECHO DETERMINADO: “El día 30 de Junio de 2021, aproximadamente a las 11:10 horas, el imputado Oscar Áyax Ibarra Muñoz se encontraba en la Estación Tobal
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