FUNDACION EDUCACIONAL COLON/INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE COQUIMBO
Rol
I-8-2021
Fecha
16 de junio de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece don Nicolás Humberto Páez Díaz, abogado, cédula de identidad N° 13.650.145-3, domiciliado en la comuna de La Serena, calle Aníbal Pinto 3.575, en representación convencional de Fundación Educacional Colón, Rut N° 65.155.372-5, representada legalmente por don Dinko Zvonimir Koscina Álvarez, ingeniero civil industrial, cédula de identidad N° 7.835.194-2, ambos domiciliados en la comuna de Coquimbo, calle Los Clarines N° 2.201, quien indica que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 503 y siguientes del Código del Trabajo, viene en interponer reclamación judicial en contra de multa administrativa de conformidad a lo dispuesto por el inciso tercero del art. 503 del Código del Trabajo, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Coquimbo, Rut N°61.502.000-1, representada legalmente por su Inspector Jefe del Trabajo de Coquimbo doña Lorena Patricia Miranda Cornejo, funcionaria público, cédula nacional de identidad N° 11.848.888-1, ambos domiciliados en la comuna de Coquimbo, calle Melgarejo N° 980, tercer piso, solicitando dejar sin efecto la Resolución de Multa N° 4531/21/3 de fecha 04 de marzo del año 2021, aplicada por el fiscalizador dependiente de la repartición demandada, Sr. Miguel Enrique Véliz Paredes; y en subsidio rebajarla prudencialmente. Señala que con fecha 04 de marzo de 2021, el fiscalizador dependiente de la Inspección del Trabajo de Coquimbo don Miguel Enrique Véliz Paredes, aplicó la multa administrativa N° 4531/21/3, del siguiente tenor: “Visto: Que, con fecha 26 de febrero de 2021, en el curso de fiscalización, efectuada por el fiscalizador Sr(a) Miguel Enrique Veliz Paredes que suscribe, al empleador Fundación Educacional Cristóbal Colón, R.U.T. 65.155.372-5 con domicilio en Los Quillays 1140, comuna de Coquimbo, representado legalmente (art. 4° Código del Trabajo) por Dinko Koscina Álvarez, R.U.T. 7.835.194-2, se constata lo siguiente: “No dar cumplimiento al contrato de trabajo de las siguientes trabajadoras, doña Heber Kitim Molina Avalos y doña Viviana Velasquez Vera, al alterar unilateral y discrecionalmente las labores convenidas en contrato de trabajo, asistente de párvulo y asistente 1ero básico respectivamente, a labores distintas, al estar presentes en el establecimiento sin labores asignadas para las cuales fueron contratadas, durante el 20 de enero de 2021” (sic). Lo anterior por supuesta infracción a los artículos 5 inciso tercero, 7, 10 y 506 del Código del Trabajo, por un monto de 30 Unidades Tributarias Mensuales ($1.533.930). Señala que la Fundación Educacional Cristóbal Colón, es el sostenedor del Colegio Cristóbal Colón, cuenta con dos sedes, ambas en la comuna de Coquimbo, la denominada sede Los Clarines y la sede Quillay; la primera es denominada como “casa matriz” ya que se encuentra la dirección del colegio, coordinaciones y oficina de los sostenedores; en tal sede funcionan los cursos de 6° básico a 4° medio. Por su parte, en sede Quillay se encuentran los c
Fallo
por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7, 21, 22, 30, 31, 453, 454, 503, 506 del Código del Trabajo se declara: Que se acoge en todas sus partes la reclamación de multa deducida por don Nicolás Humberto Páez Díaz, abogado, en representación convencional de Fundación Educacional Colón, Rut N° 65.155.372-5, representada legalmente por don Dinko Zvonimir Koscina Álvarez en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Coquimbo, Rut N°61.502.000-1, representada legalmente por su Inspector Jefe del Trabajo de Coquimbo doña Lorena Patricia Miranda Cornejo. Que por lo anterior se deja sin efecto la multa cursada N° 4531/21/3 de fecha 04 de marzo del año 2021, sin costas por haber existido motivo plausible para litigar. Notifíquese vía correo electrónico la presente sentencia a las partes. Regístrese y en su oportunidad archívese RIT I-8-2021 RUC 21- 4-0326073-5 Proveyó don(a) MARIO FELIPE HENRIQUEZ CONTRERAS, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. En La Serena a dieciséis de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
Causa RIT Nº : I 8-2021 Causa RUC Nº : 21- 4-0326073-5 Demandante : Fundación Educacional Colón, Demandado : Inspeccion del Trabajo de Coquimbo. Materia : Reclamación de multa administrativa La Serena a dieciséis de junio de dos mil veintiuno. Visto y considerando: Primero: Comparece don Nicolás Humberto Páez Díaz, abogado, cédula de identidad N° 13.650.145-3, domiciliado
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