1º Juzgado Civil de Puente Alto

DELGADO/

Rol

V-385-2019

Fecha

8 de enero de 2020

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece Michelle Antonia Delgado Fuentealba, cédula de identidad N°20.640.221-0, estudiante, con domicilio en Jacarandá 0186, El Arrayán, Puente Alto, quien solicita cambiar su apellido paterno y la consiguiente rectificación de su partida de nacimiento, de Delgado a Fuentealba. Explica que nunca ha contado con la presencia de su padre biológico sino que ha sido su madre quien siempre se ha ocupado de ella de su crianza y desarrollo, por lo que desea reconocer solo el apellido de aquélla, agregando que ha sido conocida con el apellido Fuentealba desde hace más de 5 años, entre sus amigos, vecinos y parientes, por lo que pide se le autorice el cambio de su apellido paterno en la forma señalada y la rectificación de su partida de nacimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 17.344, en su letra b). Se agregó informe del Servicio de Registro Civil. Se agregó información sumaria de testigos. Consta publicación de la solicitud, a la que no se formuló oposición, según se certificó en autos. A fs. 11, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que Michelle Antonia Delgado Fuentealba, cédula de identidad N°20.640.221-0, ha solicitado la modificación de su apellido paterno, por las razones que expresó al tribunal. 2° Que en el informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, se precisó que la mencionada no registra subinscripción ni rectificación alguna en su partida de nacimiento RIT« » Foja: 1 y que no mantiene anotaciones en el registro nacional de condenas, que impidan la modificación planteada. 3° Que se incorporó información sumaria de testigos, consistente en los dichos de Daniela Parada Báez, Rodrigo Aránguiz Rodríguez y Victoria Neira Soto, quienes dijeron: El primero, que conoce a la solicitante por más de 7 años, quien nunca tuvo relación cercana con el padre y no se siente identificada con el apellido paterno. El segundo, que conoce a la solicitante por más de 7 años y que ella siempre se ha identificado como Michelle Fuentealba, al punto que solo después de un tiempo se enteró que su apellido legal era otro. La última, dijo que conoce a la requirente desde hace 5 años, quien siempre se presentó como Michelle Fuentealba Fuentealba en honor a su madre que fue quien la crió, ya que la relación con su padre fue casi inexistente. 4° Que el legislador autoriza el cambio de nombre en los casos y en las formas que señala en el artículo 1° de la Ley 17.344, que establece: “Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios”. 5° Que la circunstancia habilitante antes descrita, aparece suficientemente satisfecha en autos y siendo el nombre un atributo de la personalidad, del que resulta positivo esperar que la persona que lo detenta se sienta identificada con el mismo, lo que sucede en la especie por haber sido conocida así la solicitante por un lapso de tiempo superior al que exige la norma, se accederá a su petición. Y visto lo prevenido en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 17.344 y lo prevenido en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge la solicitud planteada y, en consecuencia, se remplaza el apellido paterno de la solicitante y se ordena rectificar la partida de nacimiento N° 930 S del año 2001 de la Circunscripción Puente Alto, de Michelle Antonia Delgado Fuentealba, cédula de identidad N°20.640.221-0, en el sentido que se reemplaza dicho nombre por el de Michelle Antonia Fuentealba Fuentealba, mi

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : V-385-2019 CARATULADO : DELGADO/ Puente Alto, ocho de Enero de dos mil veinte. Vistos: Comparece Michelle Antonia Delgado Fuentealba, cédula de identidad N°20.640.221-0, estudiante, con domicilio en Jacarandá 0186, El Arrayán, Puente Alto, quien solicita cambiar su apellido paterno

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