1º Juzgado de Letras de Rengo

PAVEZ/PÉREZ

Rol

M-12-2020

Fecha

16 de junio de 2021

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos controvertidos, se dicte sentencia tácita de forma inmediata. Sus argumentos se encuentran contenidos íntegramente en el registro de audio. El Tribunal Resuelve: Compartiendo los

Fundamentos

fundamentos de la parte demandante y dándose los presupuestos fácticos del artículo 453, N°3 del Código del Trabajo, se procederá a dictar sentencia de forma inmediata: Rengo, dieciséis de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña ROSSANA ISABEL PAVEZ VALDIVIA, trabajadora, con domicilio en villa O’ Higgins calle Prat número 1976, comuna de Rengo, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de doña MARÍA JESÚS PÉREZ MACHUCA, empresaria, con domicilio en longitudinal sur sin número, Fruteros de Rengo, comuna de Rengo. Funda su demanda, en síntesis, en que comenzó a prestar servicios para la demandada bajo un vínculo de subordinación y dependencia con fecha 19 de agosto de 2018, sin que se escriturara el contrato de trabajo. En cuanto a las funciones desempeñadas refiere que cumplía labores como garzona y ayudante de cocina, limpieza, entre otras. Luego describe cuál es su jornada de trabajo, remuneraciones y duración del contrato (indefinido). En cuanto a los hechos y circunstancias del despido, indica que el día 19 de diciembre de 2019 la demandada le pidió realizar horas extraordinarias, lo que no aceptó por cuanto no tenía planificado trabajar en forma extraordinaria ese día. Ante su respuesta, indica que su ex empleadora reaccionó de muy mala forma y procedió a despedirla verbalmente. Previas citas legales y demás consideraciones de derecho solicita se acoja la demanda en todas sus partes, se declare la existencia de relación laboral entre las partes, la remuneración percibida por la trabajadora, que el despido es nulo e injustificado y, en consecuencia, se condene a la demandada al pago de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social desde la fecha del despido hasta la convalidación del mismo, indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, incremento del 50%, compensación de feriado legal y proporcional, cotizaciones por todo el período trabajado comprendido entre el 19 de agosto de 2018 al 19 de diciembre de 2019, inclusive, reajustes e intereses y costas. SEGUNDO: Que no comparece la parte demandada a la audiencia única, por lo que se sigue el juicio en su rebeldía, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 453, número 3, inciso segundo del Código del Trabajo el tribunal resuelve dictar sentencia de inmediato. TERCERO: Que de conformidad con lo anterior, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 453, número 1 inciso séptimo del Código del Trabajo, el tribunal dará por tácitamente admitidos todos y cada uno de los hechos relatados en el libelo pretensor, los cuales ameritan se acoja la demanda por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en todas sus partes, en los términos que se dirá en lo resolutivo, por cuanto se enmarcan dentro de los presupuestos fácticos que permiten aplicar las consecuencias normativas que rige

Fallo

se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por doña ROSSANA ISABEL PAVEZ VALDIVIA en contra de doña MARÍA JESÚS PÉREZ MACHUCA, declarándose que existe una relación laboral entre el 19 de agosto de 2018 al 19 de diciembre de 2019, que la remuneración percibida por la trabajadora asciende a la suma de $370.599, que el despido es injustificado y nulo para efectos remuneracionales y, en consecuencia, se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos: a) Remuneraciones íntegras desde el 19 de agosto de 2018, en que se materializó el despido verbal, hasta la fecha de su convalidación. b) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $370.599. c) Indemnización por un año de servicio, por la suma de $370.599. d) Incremento del 50% de la indemnización por años de servicio, por la suma de $185.300. e) Compensación de feriado legal por el período comprendido entre el 19 de agosto de 2018 al 18 de agosto de 2019, equivalente a 21 días corridos por la suma de $259.419. f) Compensación de feriado proporcional por el período trabajado comprendido entre el 19 de agosto de 2019 al 19 de diciembre de 2019, esto es, 4 meses y 1 día, equivalente a 7,58 días corridos, por la suma de $93.638. g) Cotizaciones de AFP PROVIDA, AFC SEGURO DE CESANTÍA y FONASA, por todo el período trabajado comprendido entre el 19 de agosto de 2018 al 19 de diciembre de 2019, ambas fechas inclusive,

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 16 de junio de 2021 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 20-4-0254302-8 RIT M-12-2020 MATERIA Nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones MAGISTRADO DON SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian A. Silva San Martín HORA DE INICIO 08:05 horas HORA DE TERMINO 08:14 horas Nº

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