ANONIMIZADO
Rol
F-1589-2022
Fecha
26 de septiembre de 2022
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Atendido lo informado en el Informe de Opinión que antecede, del que se desprende que los hechos denunciados no son constitutivos de Violencia Intrafamiliar en los términos del Art. 5° de la Ley N° 20.066, se declara: Que no ha lugar a dar curso a la tramitación como causa de Violencia Intrafamiliar. Sin perjuicio de lo anteriormente resuelto, ofíciese al Programa Personas Mayores de la Municipalidad de Padre las Casas, a fin que realice visitas periódicas en el domicilio de la presunta víctima doña Krisna, Run N°...
Fallo
se declara: Que no ha lugar a dar curso a la tramitación como causa de Violencia Intrafamiliar. Sin perjuicio de lo anteriormente resuelto, ofíciese al Programa Personas Mayores de la Municipalidad de Padre las Casas, a fin que realice visitas periódicas en el domicilio de la presunta víctima doña Krisna, Run N°...
Texto Completo (Preview)
Temuco, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Tengase presente Informe de Opinión de la Consejera Técnica del Tribunal, doña Verónica Suárez Castro. Estese a lo que se resolverá. Visto: Atendido lo informado en el Informe de Opinión que antecede, del que se desprende que los hechos denunciados no son constitutivos de Violencia Intrafamiliar en los términos del Art. 5° de la Ley N° 20.066,
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