GABRIEL HUMBERTO GEFFROY LILLO C/ CARLOS ALFREDO MUÑOZ ZAPATA
Rol
O-560-2021
Fecha
4 de abril de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 14, 15 Nº 1, 50, 67, 70 del Código Penal, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 110, y 196 de la Ley N° 18290; 8 y siguientes de la Ley N° 18216 y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y se condena a don CARLOS ALFREDO MUÑOZ ZAPATA, cedula de Identidad N° 17.457.836-1, en lo demás ya individualizado: 1) A la pena de 300 días de Presidio menor en su grado mínimo, suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de 1/3 de UTM en moneda legal vigente a la fecha del pago, para lo cual se le da plazo hasta el último día hábil del mes subsiguiente hasta que esta sentencia esté firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de reclusión en caso de incumplimiento, correspondiendo un día a 1/3 de UTM; y pena de suspensión de licencia de conducir por dos años, por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18290, en relación con el artículo 110 del mismo cuerpo legal, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 20 de octubre de 2020. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye bajo la modalidad de reclusión domiciliaria nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado ubicado en calle Laguna Blenca N° 424, QLNXYXXMHE Marcela Bley Valenzuela Juez de garantía Fecha: 04/04/2022 15:08:27 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ont
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1,7, 14, 15 Nº 1, 50, 67, 70 del Código Penal, artículos 36, 45, 248, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 110, y 196 de la Ley N° 18290; 8 y siguientes de la Ley N° 18216 y demás disposiciones legales pertinentes, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y se condena a don CARLOS ALFREDO MUÑOZ ZAPATA, cedula de Identidad N° 17.457.836-1, en lo demás ya individualizado: 1) A la pena de 300 días de Presidio menor en su grado mínimo, suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de 1/3 de UTM en moneda legal vigente a la fecha del pago, para lo cual se le da plazo hasta el último día hábil del mes subsiguiente hasta que esta sentencia esté firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de reclusión en caso de incumplimiento, correspondiendo un día a 1/3 de UTM; y pena de suspensión de licencia de conducir por dos años, por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18290, en relación con el artículo 110 del mismo cuerpo legal, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el día 20 de octubre de 2020. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que
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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Curacautín., treinta y uno de marzo de dos mil veintidós Magistrado MARCELA BLEY VALENZUELA Fiscal ESTEBAN BUSTOS Defensor MARCELA ELIZABETH BUSTOS GONZÁLEZ Hora inicio 12:14PM Hora termino 12:28PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curacautin. Acta C.B RUC 2001046214-3 RIT 560 - 2021 Actuaciones efectuadas NOM
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