6º Juzgado Civil de Santiago

COMERCIAL ESCOCIA LIMITADA/CAMPOS

Rol

C-28424-2019

Fecha

6 de enero de 2020

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Emilio Jos Ladr n de Guevara Mu oz, abogado, ené ó ñ representaci n de la sociedad de responsabilidad limitada Comercial Escocia Limitada,ó del giro de su denominaci n, representada legalmente por Pedro Humberto Figueroaó Zelaya, ingeniero civil, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Tenderini N 85,° oficina 15, comuna y ciudad de Santiago e interpone demanda de t rmino de contratoé de arrendamiento por no pago de rentas en contra de Alejandra del Carmen Campos Soto, comerciante; Claudio Andr s Olivares Palominos, arquitecto; Luis Alberto Rojasé Clavel, comerciante; Marco Antonio Campos Flores, comerciante, todos domiciliados, conforme contrato de arrendamiento, en calle Phillippi N 445, comuna, ciudad y° Regi n de Valpara so.ó í Fundamenta su presentaci n, se alando que con fecha 31 de octubre de 2018,ó ñ por escritura p blica otorgada en la Notar a de Santiago de don lvaro David Gonz lezú í Á á Salinas, su representado dio en arrendamiento a los demandados precitados, el inmueble ubicado en calle Phillippi N 445, comuna, ciudad y Regi n de Valpara so,° ó í correspondiente al resto no declarado en situaci n irregular de inmueble aludido, Roló Aval o 8058-14, por la renta mensual de 100 UF, equivalentes en pesos al d a de suú í pago efectivo, pagaderos a m s tardar los d as 05 de cada mes, o el d a h bil siguiente,á í í á mediante dep sito en la cuenta corriente de la sociedad arrendadora, haciendo presenteó que se arrend con la finalidad que los demandados desarrollaran sus actividadesó comerciales conforme lo establece la cl usula segunda del contrato, y que suá representado otorg un mes de gracia a los arrendatarios, correspondiente a diciembreó de 2018, de acuerdo a lo pactado en la cl usula cuarta.á Expone que los demandados no han pagado las rentas de arrendamiento, desde el mes de enero de 2019 en adelante, por lo que adeudar an la suma de 900 UF;í equivalentes al d a 13 de septiembre de 2019, a la suma de $25.215.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, notificados legalmente los demandados, estos no comparecieron al juicio, el que se sigui en su rebeld a.ó í C-28424-2019 Foja: 1 SEGUNDO: Que, al tenor de lo que dispone el art culo 1698 del C digo deí ó Procedimiento Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinci n a quien alega stas oó é aquellas y que en el referido sentido la parte demandante acompa a los autos, noñó siendo objetado de contrario, contrato de arrendamiento celebrado con fecha 31 de octubre de 2018, documento que apreciado de conformidad a las reglas de la sana cr tica, seg n dispone el N 7 del art culo 8 de la Ley 18.101, permite tener porí ú ° í acreditada la existencia, partes, estipulaciones y modalidades del contrato de marras sobre el inmueble sub-lite. TERCERO: Que, la parte demandada no ha acreditado, como era de su cargo, el cumplimiento de las obligaciones de su parte en cuanto al pago de la renta mensual pactada, siendo de su cargo la probanza respectiva y que, constituida en mora despu sé de dos reconvenciones de pago, no ha pagado la totalidad de las rentas adeudadas ni ha dado seguridad de que se verificar el pago dentro de un plazo razonable que no bajará á de 30 d as, por lo que procede acoger la demanda de terminaci n y pago de rentas yí ó otras prestaciones demandadas como se dir en lo resolutivo.á CUARTO: Que en cuanto a los consumos domiciliarios, no habi ndose rendidoé probanza alguna tendiente a acreditar las deudas de dichos servicios, resulta imposible acoger la demanda en este punto. QUINTO: Que atendido el efecto relativo de las sentencias judiciales, consagrado en el inciso segundo del art culo 3 del C digo Civil, la petici n deí ó ó lanzamiento respecto del resto de los ocupantes del inmueble sub-lite, ser desestimada.á SEXTO: Que, se omitir pronunciamiento de la acci n subsidiaria de desahucioá ó en consideraci n que se acceder a la petici n de lo principal.ó á ó Y visto adem s lo se alado en los art culos 1437, 1445, 1545, 1698, 1700, 1915 yá ñ í 1977 del C digo Civil, 1, 6, 7, 8 y 21 de la Ley 18.101 modificada por la ley 19.633,ó 144, 160, 169, 170, 342 N 2, 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se° ó declara: I. Que se acoge la demanda de lo principal de fojas 1, en cuanto

Fallo

fallo cause ejecutoria o el que el Tribunal determine.í Que, con fecha 4 de diciembre de 2019, rola notificaci n personal subsidiara,ó conforme al inciso 2 del art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, a Luis Albertoí ó Rojas Clavel, del libelo de demanda y su prove do. Asimismo, se le practic la primeraí ó reconvenci n de pago.ó Que, con fecha 4 de diciembre de 2019, rola notificaci n personal subsidiara,ó conforme al inciso 2 del art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, a Alejandra delí ó Carmen Campos Soto, del libelo de demanda y su prove do. Asimismo, se le practic laí ó primera reconvenci n de pago.ó Que, con fecha 4 de diciembre de 2019, rola notificaci n personal subsidiara,ó conforme al inciso 2 del art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, a Claudioí ó Andr s Olivares Palominos, del libelo de demanda y su prove do. Asimismo, se leé í practic la primera reconvenci n de pago.ó ó Que, con fecha 4 de diciembre de 2019, rola notificaci n personal subsidiara,ó conforme al inciso 2 del art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, a Marcoí ó Antonio Campos Flores, del libelo de demanda y su prove do. Asimismo, se le practic laí ó primera reconvenci n de pago.ó Que, con fecha 10 de diciembre de 2019, consta la realizaci n del comparendoó de contestaci n, conciliaci n y prueba con la asistencia del apoderado de la parteó ó demandante y en rebeld a de los demandados, oportunidad en que se realiz la segundaí ó reconvenci n de pago y se llam a las partes a conc

Texto Completo (Preview)

C-28424-2019 Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-28424-2019 CARATULADO : COMERCIAL ESCOCIA LIMITADA/CAMPOS Santiago, seis de Enero de dos mil veinte VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Emilio Jos Ladr n de Guevara Mu oz, abogado, ené ó ñ representaci n de la sociedad de responsabilidad limitada Comercial Escocia Limitada,ó del gi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica