Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

MINISTERIO PUBLICO . . C/ MATÍAS ENRIQUE BUSTOS ARIAS

Rol

O-8-2022

Fecha

31 de marzo de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: “El día 5/08/20, en horas de la tarde, al CCP Chillán ubicado en calle Isabel Riquelme de Chillan, el acusado concurrió, portando droga con la finalidad de ingresar la misma a la cárcel y entregarla internos del CPP, para ello procedió a lanzar paquetes al interior del CPP, uno que contenía a 23.2 gramos de marihuana, 3.4 gramos de la misma droga, 27 comprimidos de clonazepam otro con 33.6 gramos de lidocaína y cafeína, otro paquete con 47.2 gramos de marihuana y otro con 40 dosis, con un peso 4.9 gramos de pasta base de cocaína”. A juicio de la fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito consumado de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA descrito y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1º de CFQSYTQXWD Claudia Alejandra Gomez Valdes Juez oral en lo penal Fecha: 31/03/2022 21:05:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl la Ley 20.000, delito en el que al acusado le ha correspondido calidad de autor, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega que concurre la circunstancia calificante de la responsabilidad penal, contemplada en el artículo 19 letra h) de la Ley 20.000. Por lo anterior, el Ministerio Público requiere se imponga al acusado MATIAS ENRIQUE BUSTOS ARIAS, la pena de 7 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo; multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales, y que previa toma de muestras biológicas se incluya su huella genética en el registro de condenados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 19.9

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha dieciocho y veintiuno de marzo de dos mil veintidós, ante esta Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por la Jueza Titular Roxana Salgado Selamé, quien la presidió, la Jueza Subrogante Paola Schisano Pérez, como integrante y la Juez Destinada Claudia Gomez Valdes, como redactora, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de MATIAS ENRIQUE BUSTOS ARIAS, cédula nacional de identidad N° 20.375.737-9, nacido el 18 de octubre de 2002, soltero, sin ocupación, domiciliado en pasaje Jerusalén Villa Jerusalén 1496 Chillán, quien se encuentra privado de libertad en calidad de rematado en causa diversa en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán. El acusado estuvo representado por la Defensoría Penal Pública, abogado MAXIMILIANO GONZÁLEZ HERRERA, domiciliado en Sargento Aldea N° 94, Chillán. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal NADIA SOLANGE ESPINOZA CARO, domiciliada en Avenida O'Higgins 180, de Chillán. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: “El día 5/08/20, en horas de la tarde, al CCP Chillán ubicado en calle Isabel Riquelme de Chillan, el acusado concurrió, portando droga con la finalidad de ingresar la misma a la cárcel y entregarla internos del CPP, para ello procedió a lanzar paquetes al interior del CPP, uno que contenía a 23.2 gramos de marihuana, 3.4 gramos de la misma droga, 27 comprimidos de clonazepam otro con 33.6 gramos de lidocaína y cafeína, otro paquete con 47.2 gramos de marihuana y otro con 40 dosis, con un peso 4.9 gramos de pasta base de cocaína”. A juicio de la fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito consumado de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA descrito y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1º de CFQSYTQXWD Claudia Alejandra Gomez Valdes Juez oral en lo penal Fecha: 31/03/2022 21:05:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl la Ley 20.000, delito en el que al acusado le ha correspondido calidad de autor, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega que concurre la circunstancia calificante de la responsabilidad penal, contemplada en el artículo 19 letra h) de la Ley 20.000. Por lo anterior, el Ministerio Público requiere se imponga al acusado MATIAS ENRIQUE BUSTOS ARIAS, la pena de 7 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo; multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales, y que previa toma de muestras biológicas se i

Fallo

por tanto se coordinan con carabineros, y es ahí donde se justifica la orden verbal como él lo CFQSYTQXWD Claudia Alejandra Gomez Valdes Juez oral en lo penal Fecha: 31/03/2022 21:05:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl dice porque se debía coordinar este actuar, también es relevante que los funcionarios de carabineros se encontraban de infantería y además estaban vestidos de civiles, lo que les permitió observar el actuar del acusado de forma directa. Es importante lo que señala el señor Gutiérrez, él dice que los ve pasar, los ve bajarse de un vehículo que caminan juntos, que les llama la atención y en todo momento los siguen y no los pierden de vista, incluso cuando se le consulta a que distancia estaba, él dice que mantuvieron una distancia prudente no más de 20 metros ven el lanzamiento, es claro el señor Gutiérrez en decir que el ve el lanzamiento, ve incluso al sujeto que hace un ademan del lanzamiento, que toma un poco de vuelo o impulso y efectúa el lanzamiento, que a quién detienen es al acusado don Matías Bustos Arias, que era quien había efectuado el lanzamiento, el señor Gutiérrez habla de las coor

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C/ MATIAS ENRIQUE BUSTOS ARIAS TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGAS ARTÍCULO 4 DE LA LEY 20.000 RUC 2000797037-5 RIT 8 - 2022 CÓDIGO DELITO: 07037/ Chillán, treinta y uno de marzo de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha dieciocho y veintiuno de marzo de dos mil veintidós, ante esta Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal

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