21º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/BRAVO

Rol

C-4010-2019

Fecha

6 de enero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que comparece don Octavio Calle vila, abogado, domiciliado enÁ Agustinas 1291, 6 piso, oficina H, comuna de Santiago, como mandatario° judicial y en representaci n de ó BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n,ó ó representado a su vez por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, ambos domiciliados en El Golf 125, comuna de Las Condes, y deduce demanda ejecutiva en contra de don MICHAEL HUMBERTO BRAVO ERICES, ignora profesi n, domiciliado enó Avenida Las Perdices N 2156, comuna de Pe alol n.° ñ é Funda su demanda que con fecha 15 de junio de 2018, don Carlos Morris Nunes, suscribi pagar a la orden del Banco de Cr dito eó é é Inversiones, N D12300003202, por un capital original de $3.477.823.-,° pagadero en 24 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $195.451, con vencimiento la primera de ellas el d a 6 de agosto de 2018 y las restantes losí d as 6 de cada mes. La tasa de inter s pactada fue del 2,3666% mensualí é vencido. El documento dej de ser pagado al vencimiento de su cuota N 4,ó º esto es, la correspondiente al d a 05 de noviembre de 2018, por lo que elí saldo del capital adeudado es de $3.043.095.- m s intereses, y que resulta deá dividir el capital original ($3.477.823) por el plazo pactado (24 cuotas mensuales), lo que da un valor para cada una de las cuotas de $144.909.- las que multiplicadas por la cantidad de cuotas pagadas por la parte ejecutada (3), suma $434.727.-, valor que deducido del capital inicial, arroja C-4010-2019 Foja: 1 entonces un saldo de capital adeudado para el pagar de $3.043.095.-é Don Carlos Morris Nunes, el suscriptor del pagar , act a como apoderado delé ú Banco de Cr dito e Inversiones, el que, asimismo, act a en representaci né ú ó del demandado, don MICHAEL HUMBERTO BRAVO ERICES, conforme se faculta en el mandato otorgado por la demandada al Banco, el cual consta en la p gina 13 del Contrato Planes Personas Serviciosá Bancarios BCI. Dicho mandato

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don Octavio Calle vila, enÁ representaci n de ó BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, representado a su vez por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ya individualizados y solicita se tenga por deducida demanda ejecutiva en contra don MICHAEL HUMBERTO BRAVO ERICES, ya individualizado, y se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó su contra por la suma de $3.043.095.- m s intereses y costas, sigui ndose laá é ejecuci n hasta hacerse a su representado entero y cumplido pago de laó suma adeudada. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba por el t rmino legal, fij ndose la queé á consta en autos. Con fecha 27 de diciembre de 2019, se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don Octavio Calle vila, enÁ representaci n de ó BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, representado a su vez por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ya individualizados y solicita se tenga por deducida demanda ejecutiva en contra don MICHAEL HUMBERTO BRAVO ERICES, ya individualizado, y se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó su contra por la suma de $3.043.095.- m s intereses y costas, sigui ndose laá é ejecuci n hasta hacerse a su representado entero y cumplido pago de laó suma adeudada. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este fallo y que se dan por enteramenteñ reproducidos en este considerando. SEGUNDO.- Que el ejecutado se opuso a la ejecuci n con lasó excepciones de la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente seaí en relaci n con el demandado; la nulidad de la obligaci n; y la concesi nó ó ó de esperas o pr rroga del plazo.ó C-4010-2019 Foja: 1 TERCERO.- Que la excepci n de la falta de alguno de los requisitosó o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente sea en relaci n con el demandado, la deduc

Texto Completo (Preview)

C-4010-2019 Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4010-2019 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/BRAVOÉ Santiago, seis de Enero de dos mil veinte VISTOS: Que comparece don Octavio Calle vila, abogado, domiciliado enÁ Agustinas 1291, 6 piso, oficina H, comuna de Santiago, como mandatario° judicial y en representaci n de ó

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