ADRIANA SOLEDAD MIRA TORRES C/ NICOLÁS MORGADO VERDUGO
Rol
O-249-2020
Fecha
31 de marzo de 2022
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca constituida por el juez presidente don Jorge Gutiérrez González y los magistrados don Marcial Taborga Collao y doña Carolina Ivonne Saavedra Morales, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 249-2020, seguida en contra de NICOLÁS MORGADO VERDUGO, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N° 16.324.411-3, nacido en Santiago, el 5 de octubre de 1985, de 36 años, carpintero y estudiante, con enseñanza superior incompleta, domiciliado en calle 12 sur 2761, condominio Alto del Estero 1, Block D N°205, Talca. La acusación fue sostenida por el Fiscal del Ministerio Público, don Marcelo Albornoz Troncoso; en tanto que la defensa de Morgado Verdugo estuvo a cargo de la defensora de la Defensoría Penal Pública, doña Carolina Villalobos Vásquez; todos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: De la acusación: Que la acusación materia de este juicio se fundó en los siguientes hechos: “El día 9 de enero de 2018, siendo aproximadamente las 20:00 horas el imputado Nicolas Morgado Verdugo, fue sorprendido por personal de Carabineros de Chile, manteniendo en su domicilio de calle Las Pataguas N° 72, Aldea Campesina, comuna de Talca, sin autorización de la autoridad competente, un cultivo de 6 plantas de marihuana, debidamente hidratadas y en proceso de crecimiento, con una altura de entre 25 centímetros y 1 metro 80 centímetros de altura. El imputado no justifico que la droga estuviera destinada a su uso y/o consumo, exclusivo, personal y próximo en el tiempo o a un tratamiento médico, sin perjuicio que por su cantidad estaba destinada a ser transferida a terceros”. El persecutor penal público calificó los hechos como constitutivos del delito de cultivo de marihuana, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley 20.000. Le atribuye en él al acusado participación en calidad de AUTOR, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, delito que se encuentran en grado de CONSUMADO. WJJVYSBHZY Carolina Ivonne Saavedra Morales Juez oral en lo penal Fecha: 31/03/2022 13:22:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Talca 2 Señala que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal y solicita se imponga la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 UTM, las penas accesorias contempladas en el artículo 29 del Código Penal, se decrete el comiso de las especies incautadas, determinación de la huella genética, según lo dispuesto
Fallo
se acuerda dónde estaba el acusado. Al domicilio fue por una denuncia de violencia intrafamiliar, corresponde a Aldea Campesina, Las Pataguas número 72, ese era el domicilio, lo que determinó porque ese fue el que dio el acusado, también la víctima, no había número visible en la casa. El acusado amenaza, luego vuelve al domicilio y esconde el bate, entraron a la casa porque él cometió el delito, lo siguen, él sale de nuevo y lo detienen. Después de estar detenido, la víctima le dice que había armas y explosivos en el lugar, le indica esto al fiscal quien instruye que entren a hacer el registro. Entró a la casa a revisarla, ahí su preocupación primera fue el bate, la evidencia la tiene y se la informa al fiscal, no se acuerda si en ese momento ya habían advertido la presencia de las plantas. Después del registro encontraron las plantas, cuando estaban buscando explosivos, antes habían llamado al fiscal. Aclara que primero entra en busca del bate, la víctima señala los explosivos y armas, el fiscal instruye el registro, ahí encuentran las plantas; habla de nuevo con el fiscal, ahí dispuso la concurrencia del OS7. En primera instancia ingresaron en persecución del detenido, después cuando el fiscal dispuso el registro de toda la casa, había una amiga de él que autorizó el ingreso. Después de detenerlo, se autoriza la revisión de la casa, lo que es permitido por la amiga presente en el lugar. II.- PERICIAL: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 315 del Código Procesal
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Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Talca 1 RIT: 249-2020 RUC: 1800104097-5 ACUSADO: NICOLÁS MORGADO VERDUGO DELITO: CULTIVO DE ESTUPEFACIENTES (Art. 8 Ley 20.000) Talca, treinta y uno de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca constituida por el juez presidente don Jorge Gutiérrez González y lo
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