Juzgado de Letras y Garantía de Nacimiento.

CYNTHIA STEFANIA OJEDA ALVARADO C/ LORENZO EXEQUIEL MONTES RIVAS

Rol

O-278-2019

Fecha

29 de marzo de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 1; 11 N° 9; 14 N° 1; 15 N° 1; 49; 50; 70; 399 y 494 N° 5 del Código Penal, 45; 47; 297; 342; 344; 388 y siguientes, 407 y 468 del Código Procesal Penal, Ley 20.066, SE DECLARA: I.- Que se condena a don Lorenzo Exequiel Montes Rivas, ya individualizado, como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, en grado consumado, descrito y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en relación con el artículo 494 N° 5 del mismo texto legal y en concordancia con el artículo 5° de la Ley 20.066, hecho perpetrado el 25 de marzo de 2019 en la comuna de Negrete, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la que se pagara en pesos al valor que tenga dicha unidad al momento de su pago efectivo.- II.- Que, habiendo sido detenido el día de ayer 28 de marzo del presente año, hasta el día de hoy que fue puesto a disposición del tribunal, se le da por cumplida la pena de multa. III.- Que, se decreta la pena accesoria de prohibición de tenencia de arma de fuego por el plazo de seis meses. IV.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos.- Anótese, Regístrese y Archívese en su oportunidad. Cúmplase con lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal. RUC 1900330245-0 RIT N° 278-2019 Sentencia dictada por JUAN ALFREDO JARAMILLO MACAYA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Nacimiento.- CBDZYSCX

Texto Completo (Preview)

Sentencia: (Parte Resolutiva): (Registro íntegro de la audiencia se guarda en formato de audio, según acuerdo de la Excelentísima Corte Suprema, de fecha 28 de Enero de 2002) Nacimiento, veintinueve de marzo de dos mil veintidós. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 1; 11 N° 9; 14 N° 1; 15 N° 1; 49; 50; 70; 399 y 494 N° 5 del Código Penal, 45; 47; 29

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