Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu.

LUIS EDWARDS MINDER ORTEGA C/ DANILO ABDÓN AGURTO LEÓN

Rol

O-197-2022

Fecha

29 de marzo de 2022

Materia

CONDUC. BAJO LA INF DEL ALCOHOL ART 193 INC. 3 LEY DE TRANS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, expuesto por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: El día 21/09/2021 a las 18:15 hrs, el imputado conducía por calle El Parque el vehículo PPU GWCF-16, siendo fiscalizado por Carabineros y verificando que los hacia abajo lo efectos del alcohol, realizando la prueba de aliento que arroja 0.96 gramos por mil y la alcoholemia 0.75 gramos por mil. A juicio del Ministerio Público tales hechos constituyen el delito de Conducción bajo la influencia del alcohol, previsto y sancionado en el artículo 193 de la Ley 18.290, en la que al imputado le cabe participación en calidad de autor, en grado consumado. 2° Que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. 3° Que la parte considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 69 y 70 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 110 y 193 de la Ley 18.290; se declara: I).- Que se condena a DANILO ABDÓN AGURTO LEÓN, C.I. 10.509.604-6, domiciliado en Calle Dionisio Acevedo N° 139, Pichilemu., al pago de una multa de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual a beneficio Fiscal, más la accesoria de suspensión de su licencia, permiso o autorización para conducir vehículos motorizados, por el término de tres meses desde que quede en custodia de este Tribunal, por su responsabilidad como autor en grado consumado de la falta penal de Conducción bajo la inlfuencia del alcohol, previsto y sancionado en el artículo 193 de la Ley 18.290, hecho ocurrido el 21 de setiembre de 2021, en la comuna de Pichilemu. XZXRYSSWHJ Juan Manuel Gatica Lizana Juez de garantía Fecha: 30/03/2022 09:56:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD

Fallo

se declara: I).- Que se condena a DANILO ABDÓN AGURTO LEÓN, C.I. 10.509.604-6, domiciliado en Calle Dionisio Acevedo N° 139, Pichilemu., al pago de una multa de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual a beneficio Fiscal, más la accesoria de suspensión de su licencia, permiso o autorización para conducir vehículos motorizados, por el término de tres meses desde que quede en custodia de este Tribunal, por su responsabilidad como autor en grado consumado de la falta penal de Conducción bajo la inlfuencia del alcohol, previsto y sancionado en el artículo 193 de la Ley 18.290, hecho ocurrido el 21 de setiembre de 2021, en la comuna de Pichilemu. XZXRYSSWHJ Juan Manuel Gatica Lizana Juez de garantía Fecha: 30/03/2022 09:56:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 2 de 2 II).- Que se autoriza al sentenciado a pagar la multa impuesta, a través del Formulario 10 de Tesorería, en el plazo de sesenta días de que quede ejecutoriada la presente sentencia. Si no pagare o no tuviere bienes para satisfacer la multa, se hará exigible el total y se procederá a su con

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Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 1 de 2 Procedimiento Simplificado. Pichilemu, veintinueve de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, expuesto por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: El día 21/09/2021 a las 18:15 hrs, el imputado conducía por calle El Parque el vehículo P

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