LITORAL SOLAR SPA/
Rol
V-122-2019
Fecha
3 de enero de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 don RODRIGO MARCELO CALLEJAS VELASQUEZ, chileno, soltero, abogado, RUT 17.362.925-7, Mandatario Judicial de LITORAL SOLAR SPA, rol único tributario N° 77.000.401-2, sociedad chilena de generación, capacitación y distribución de energía eléctrica, ambos con domicilio en Camino Mirasol 1377, Las Condes, Santiago, con fecha 12 de julio de 2019, a las catorce horas, veintiséis minutos y cincuenta y ocho segundos, presentó solicitud de pedimento minero denominado “FUNDO EL TOTORAL” la que se ordenó inscribir y publicar con fecha 15 de julio del mismo año, mediante la cual requiere se constituya a su favor la concesión de exploración ya referida de doscientas (200) hectáreas. SEGUNDO: Que dicho pedimento se inscribió el 29 de julio del 2019, a fojas152 vta. Nº 86 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Casablanca del año 2019. TERCERO: Que la solicitud de pedimento minero, se publicó el día lunes 12 de agosto de 2019, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto Medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: P.M. 6.299.700,00 257.650,00 VERTICES NORTE (metros) ESTE (metros) V1 6.300.200,00 256.650,00 V2 6.300.200,00 258.650,00 V3 6.299.200,00 258.650,00 V4 6.299.200,00 256.650,00 QUINTO : Que el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe favorable a la solicitud de pedimento y plano acompañado en autos, agregado mediante Oficio Nº 2444 de fecha 28 de noviembre de 2019, en el cual señala que los aspectos técnicos relaciona9os con la solicitud y plano se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que se han cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales. Y visto además lo dispuesto e
Fallo
SE DECLARA QUE: I. SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada, debiendo mantenerse agregado a los autos una copia del mismo y remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería el original de dicho plano, junto con copia autorizada de esta sentencia definitiva, una vez que se encuentre firme o ejecutoriada. II. SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada "FUNDO EL TOTORAL”, con una superficie total de doscientas (200) hectáreas, a favor de RAMOS FRANCES FRANCISCO JAVIER. III. EXTRÁCTESE la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de Minería de Santiago el primer día hábil de cualquier mes, pero, en todo caso, antes de requerirse al Conservador de Minas de Casablanca la inscripción de esta sentencia. IV. INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Casablanca. Dicha inscripción deberá efectuarse dentro del término de ciento veinte días, contados desde la fecha de la presente sentencia, bajo apercibimiento de que ella dejará de surtir efecto y la concesión caducará. Para este efecto se dará al interesado o quien sus intereses represente copia autorizada del presente fallo. Déjese constancia en la inscripción de la fecha en que se publicó el extracto a que se refiere el acápite anterior. V. ANÓTESE la inscripción precedente, cumplida que sea la misma, por el Conservador de Minas de Ca
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FOJA: 15.- quince.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Casablanca CAUSA ROL : V-122-2019 CARATULADO : LITORAL SOLAR SpA/ Casablanca, tres de Enero de dos mil veinte VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 don RODRIGO MARCELO CALLEJAS VELASQUEZ, chileno, soltero, abogado, RUT 17.362.925-7, Mandatario Judicial de LITORAL SOLAR SPA, rol único tributario N° 77.000
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