CAPAZ INVERSIONES LIMITADA/HAVEMAR SERVICIOS GRAFICOS LIMITADA
Rol
C-26597-2019
Fecha
3 de enero de 2020
Materia
ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Jaime G mez Castillo, abogado, mandatario judicial deó sociedad Capaz Inversiones Limitada, representada por don Alejandro Lionel Castro Qui ones, con domicilio para estos efectos en calle Bandera N° 465,ñ oficina 803, comuna de Santiago, interponiendo demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento, conforme a los antecedentes que pasa a exponer. Refiere que con fecha 2 de febrero de 2015 se celebr un contrato deó arrendamiento al plazo de un a o, con la demandada ñ Havemar Servicios Gr ficosá Limitada, representada legalmente por don Cristian Alejandro Haverbeck Maralla, ambos domiciliados en calle Aldunate N° 1530, comuna de Santiago; respecto del inmueble de su representada, ya singularizada. Detalla que conforme al citado contrato, la arrendataria se oblig a pagaró anticipadamente los primeros diez d as de cada mes la suma de $720.000, m sí á reajustes, como renta de arrendamiento. Agrega que en el mismo documento se constituy como fiador y codeudoró solidario don Cristian Alejandro Haverbeck Maralla, ingeniero, con domicilio en El Buen Camino N° 9903, comuna de Pe alol n, Regi n Metropolitana.ñ é ó Sostiene que el 24 de julio de 2019, por medio de carta certificada por correos de Chile enviada a la arrendataria, su representado inform de su decisi nó ó de no perseverar en dicho contrato, por incumplimiento de pagos de arriendo y otros incumplimientos del contrato. Alega que, no obstante lo anterior, la demandada no ha pagado las rentas de arrendamiento de los meses anteriores a la comunicaci n, correspondiente a mayoó de 2018, por $800.000; julio de 2018, por $800.000; noviembre de 2018, por 1 C-26597-2019 $800.000; y diciembre de 2018, por $800.000. luego, pag enero, febrero, marzo,ó abril, mayo y junio de 2019, dejando de pagar nuevamente en el mes de julio de 2019, por $820.000, y agosto de 2019, por $835.000, en que ha seguido ocupando el inmueble, por lo que le adeuda la suma de $5.055.000, reajustada entre la fecha en que d
Fundamentos
CONSIDERANDO:Ó PRIMERO: Que comparece don Jaime G mez Castilla en representaci n deó ó sociedad Capaz Inversiones Limitada, interponiendo demanda de t rmino de contratoé de arriendo, por no pago de rentas, y dem s prestaciones que indica, respecto delá inmueble ubicado en calle Aldunate N° 1530, comuna de Santiago, en contra de Havemar Servicios Gr ficos Limitada, representada por don Cristian Alejandroá Haverbeck Maralla, como deudor principal, y de don Cristian Alejandro Haverbeck Maralla, por s , como fiador y codeudor solidario.í Adicionalmente, el actor plantea en subsidio de su acci n principal, eló desahucio del contrato de arrendamiento sub lite. 3 C-26597-2019 Las dos acciones precedentemente referidas se fundan en los argumentos que ya han sido rese ados en la parte expositiva.ñ SEGUNDO: Que habiendo sido legalmente emplazados los demandados, estos no comparecieron en el presente juicio, teni ndose por contestada la demanda en sué rebeld a.í TERCERO: Que como instrumentos acompa ados por la demandante, enñ parte de prueba, no objetados por su contraria, consta los siguientes: 1.- Copia con vigencia de la inscripci nó de fojas 1010, N° 1333 correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2015, dando cuenta de estarñ conforme con su original y encontrarse vigente al d a 29 de julio de 2019. Dichoí ejemplar consigna que la sociedad Capaz Inversiones Limitada es due a delñ inmueble ubicado en calle Aldunate N° 1530, comuna de Santiago, Regi nó Metropolitana. 2.- Contrato de arrendamiento otorgado mediante documento privado, de fecha 2 de febrero de 2015, celebrado entre la arrendadora Capaz Inversiones Limitada, y la arrendataria Havemar Servicios Gr ficos Limitada, respecto delá inmueble ubicado en Aldunate N° 1530, comuna de Santiago. Asimismo, en la cl usula d cimo octava de la convenci n don Cristianá é ó Alejandro Haverbeck Maralla se obliga como codeudor solidario de la arrendataria. Las firmas de los comparecientes se encuentran autorizadas por Notario P blico.ú 3.- Copia de carta de fecha 24 de julio de 2019 dirigida por personero de Capaz Inversiones Ltda. a don Cristian Alejandro Haverbeck Maralla en representaci n de Havemar Gr ficos Servicios Ltda. y como codeudor solidario deó á aquella, informando que han decidido poner t rmino al contrato de arriendoé celebrado entre ellos, con fecha 2 de febrero de 2015, respecto de la propiedad ubicada en Aldunate N° 1530, comuna de Santiago. Trae aparejado comprobante de remisi n de carta certificada dirigida aló inmueble arrendado. CUARTO: Que, adicionalmente, la actora rindi prueba testimonial enó audiencia celebrada con la asistencia de su apoderado y en rebeld a de la contraria.í 4 C-26597-2019 Primeramente, depuso la testigo Maritza Ema Gui ez Isamit, quienñ interrogada al primer punto de prueba, afirm que sabe que hay un contrato deó arrendamiento entre las partes, conforme detalla. Sostiene que el representante de la demandante, Alejandro, le cont que ten a problemas con el a
Fallo
fallo cause ejecutoria, o en t rmino que seí é estime procedente, totalmente desocupada, bajo el apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica; todo lo anterior, con costas.ú En el primer otros , en subsidio de la petici n principal, y en el evento queí ó alguno de los demandados enervara dicha acci n mediante el pago de lo debido,ó 2 C-26597-2019 manifiesta que la arrendadora no desea perseverar en dicho contrato, por lo que los demanda de desahucio, solicitando al efecto la restituci n de la propiedad,ó conforme detalla. Luego, bajo folio 14 consta estampado receptorial que da cuenta de haberse notificado por c dula la demanda y su prove do a don Cristian Alejandroé í Haverbeck Maralla en representaci n de Havemar Servicios Gr ficos Limitada, y enó á su calidad de fiador y codeudor solidario. Se les efectu primera reconvenci n deó ó pago, sin que lo llevaran a cabo. Figura agregada, bajo el folio 17, acta que da cuenta de haberse celebrado audiencia de contestaci n, conciliaci n y prueba, con la asistencia de la apoderadaó ó de la demandante, y en rebeld a de los demandados.í La actora ratifica la demanda y la misma se tiene por contestada en rebeld a de los demandados. A su vez, se practica la segunda reconvenci n de pagoí ó a los mismos, en su rebeld a. í Llamadas las partes a conciliaci n, sta no se produce.ó é Se recibe la causa a prueba, por el t rmino legal, fij ndose los hechosé á sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los cuales debe re
Texto Completo (Preview)
C-26597-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-26597-2019 CARATULADO : CAPAZ INVERSIONES LIMITADA / HAVEMAR SERVICIOS GRAFICOS LIMITADA Santiago, a tres de enero de dos mil veinte. VISTOS: Comparece don Jaime G mez Castillo, abogado, mandatario judicial deó sociedad Capaz Inversiones Limitada, representada por don Alejandro Lionel Castro Qui one
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica