2do Juzgado de Letras de Coronel

CARTES/NOVOTIX SPA

Rol

O-23-2021

Fecha

11 de junio de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: La Juez hace un resumen de la demanda.- CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce atendida la inasistencia de las demandadas. Proveyendo el tribunal: De conformidad a la facultad del artículo 453 N° 1 inciso séptimo se ejerce la facultad de la misma norma en su N° 3 inciso segundo, que establece que al no haber hechos sustanciales pertinentes y controvertidos se podrá a dictar sentencia. Coronel, once de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES:

Fundamentos

Fundamentos de la sentencia: Registrado en audio.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 63, 67, 73, 162, 163, 168, 171, 420, 425, 446, 459 y 507 del Código del Trabajo en relación con el artículo 1698 del Código Civil; SE DECLARA: I.- Que, se acoge la demanda presentada por don CRISTIAN MAURICIO PINTO GARRIDO, abogado, en representación de doña MARICEL MARGARITA CARTES LÓPEZ, en contra de SERVICIOS INDUSTRIALES INOXI SPA, representada por doña María Magdalena Puentes Burgos y en contra de NOVOTIX SpA, representada por don Mauro Roberto Aguayo Mas, todos ya individualizados, en cuanto se declara que estas empresas deben ser consideradas por efectos laborales y previsionales como un solo empleador de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 inciso cuarto del Código del Trabajo, y en consecuencia deben responder solidariamente del pago por las prestaciones que se declaren en esta sentencia. II.- Que se hace lugar a la demanda por despido injustificado, en cuanto se declara que a la actora se le debe pagar los montos correspondientes a las indemnizaciones que acarrea la infracción del artículo 161 del Código del Trabajo, obligación a la cual se condenan solidariamente a ambas partes en relación a los montos que se indican a continuación: 1.- A la suma de $1.246.493.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- A la suma de $9.971.944.- por concepto de 8 años de servicios. 3.- A la suma de la suma de $2.991.583.-, correspondiente al aumento del 30% de los años de servici

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO COMPARECE FECHA 11 de junio de 2021.- RUC 21-4-0333672-3.- RIT O-23-2021.- MAGISTRADA ALEJANDRA MAGALY CAROLINA DIAZ SERRA.- ADMINISTRATIVO DE ACTAS Angélica Arias Bustos.- HORA DE INICIO 11:44 Horas.- HORA DE TERMINO 12:44 Horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0333672-3-192.- PARTE DEMANDANTE NO MARICEL MAR

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