Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo

JANVIER/INVERSIONES GRUPO RAM SPA

Rol

O-634-2019

Fecha

11 de junio de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo JOCELIN JANVIER, auxiliar de aseo, domiciliado en calle Pargua N° 1069, comuna de San Bernardo; y entabla demanda por declaración de multiplicidad de razones sociales en un solo empleador, nulidad del despido, despido carente de causal legal y cobro de prestaciones, en contra de la empresa MUNIZAGA SpA (TAMBIEN CONOCIDA COMO MUNIZAGA LIMITADA), empresa dedicada al giro de actividades de servicios relacionadas con la impresión entre otros giros, representada legalmente por don JUAN PABLO LAGOS ROCAFORT, abogado, designado liquidador titular provisional en la causa ROL C-4357-2019, seguida en el 1° Juzgado de Letras de San Bernardo, o por quien la represente conforme a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1° del Código del Trabajo, ambos con domicilio en calle Ahumada N° 254, oficina 802, comuna de Santiago; en contra de la empresa FLEXO LABEL SpA, empresa dedicada al giro de actividades de servicios relacionadas con la impresión, representada legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1º del Código del Trabajo por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI, ignora profesión u oficio, o por quien la represente conforme la norma citada, ambos con domicilio en Avda. Chena Poniente N° 12.830, Parque Industrial Jardín del Sur, Comuna de San Bernardo; en contra de la empresa MUNIZAGA SERVICIOS GRAFICOS SpA, empresa dedicada al giro otras actividades de impresión NCP, representada legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1º del Código del Trabajo por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI, ignora profesión u oficio, o por quien la represente conforme la norma citada, ambos con domicilio en Avda. Chena Poniente N° 12.830, Parque Industrial Jardín del Sur, Comuna de San Bernardo; y en contra de la empresa INVERSIONES GRUPO RAM SpA, empresa dedicada al giro de la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo JOCELIN JANVIER; y entabla demanda por declaración de multiplicidad de razones sociales en un solo empleador, nulidad del despido, despido carente de causal legal y cobro de prestaciones, en contra de la empresa MUNIZAGA SpA (TAMBIEN CONOCIDA COMO MUNIZAGA LIMITADA), representada legalmente por don JUAN PABLO LAGOS ROCAFORT, abogado, designado liquidador titular provisional en la causa ROL C-4357-2019, seguida en el 1° Juzgado de Letras de San Bernardo; en contra de la empresa FLEXO LABEL SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI; en contra de la empresa MUNIZAGA SERVICIOS GRAFICOS SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI; y en contra de la empresa INVERSIONES GRUPO RAM SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA BARDUCCI, de acuerdo a los argumentos vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria, habiendo fracasado el llamado a conciliación, se fijaron los siguientes hechos: HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que, la demandada Munizaga SpA, se encuentra sometida a liquidación concursal, de acuerdo a resolución del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, en causa Rol N° 4357-2019, de fecha 6 de septiembre de 2019. HECHOS A PROBAR: 1. Existencia de relación laboral entre las partes, extensión temporal de la misma, en su caso. 2. Remuneración pactada y efectivamente percibida por la parte demandante, en su caso. 3. Jornada de trabajo y función contratada, en su caso. 4. Forma, fecha, causa y circunstancias del término de la relación laboral, en su caso. 5. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social durante todo el periodo trabajado, en su caso. Específicamente por los siguientes períodos e instituciones: - AFP PLAN VITAL: Año 2018: Enero, febrero, marzo, abril, mayo, septiembre. Año 2019: Enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio. - FONASA: Año 2018: Enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre. Año 2019: Enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio. - AFC CHILE: Año 2018: Enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre. Año 2019: Enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio. 6. Estado de uso y/o compensación del feriado devengado durante el tiempo trabajado, en su caso. 7. Efectividad de existir unidad económica entre las demandadas de autos. En la afirmativa, cumplimiento de los requisitos legales para su procedencia en los términos del artículo 3° del Código del Trabajo. 8. Efectividad que las demandadas adeudan diferencia de horas extraordinarias por el período demandado. TERCERO: Que, para acreditar sus asertos, las partes incorporaron los siguientes medios probatorios: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: DOCUMENTAL: 1. Presentación de reclamo ante la Inspección del Trabajo de Buin Nº1306/2019/995 de 20 de agosto de 2019. 2. Acta de compa

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 8, 9, 41, 42, 45, 63, 67, 73, 162, 163 bis, 168, 420, 425, 453, 457, 459, y demás pertinentes de Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demandada interpuesta por JOCELIN JANVIER en contra de la empresa MUNIZAGA SpA (TAMBIEN CONOCIDA COMO MUNIZAGA LIMITADA), representada legalmente por don JUAN PABLO LAGOS ROCAFORT, abogado, designado liquidador titular provisional en la causa ROL C-4357-2019, seguida en el 1° Juzgado de Letras de San Bernardo; en contra de la empresa FLEXO LABEL SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI; en contra de la empresa MUNIZAGA SERVICIOS GRAFICOS SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI; y en contra de la empresa INVERSIONES GRUPO RAM SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA BARDUCCI, declarándose que entre las partes existió una relación laboral desde el 2 de enero de 2018. II. Que, las demandadas de autos MUNIZAGA SpA (TAMBIEN CONOCIDA COMO MUNIZAGA LIMITADA), representada legalmente por don JUAN PABLO LAGOS ROCAFORT, abogado, designado liquidador titular provisional en la causa ROL C-4357-2019, seguida en el 1° Juzgado de Letras de San Bernardo; FLEXO LABEL SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI; MUNIZAGA SERVICIOS GRAFICOS SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA PIERATTINI; e INVERSIONES GRUPO RAM SpA, representada legalmente por don RICARDO MUNIZAGA BARDUCCI, c

Texto Completo (Preview)

San Bernardo, once de junio de dos mil veintiuno. VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo JOCELIN JANVIER, auxiliar de aseo, domiciliado en calle Pargua N° 1069, comuna de San Bernardo; y entabla demanda por declaración de multiplicidad de razones sociales en un solo empleador, nulidad del despido, despido carente de causal legal y cobro de pres

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