Juzgado de Garantía de La Calera.

RODRIGO LOPEZ ALFARO C/ YAFFIT VALENTINA OYARZÚN CEA

Rol

O-903-2020

Fecha

25 de marzo de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 09 de Agosto de 2019, aproximadamente a las 20:20 horas, en Supermercado Mayorista 10, ubicado en Calle Carrera N° 949, comuna de La Calera, en sector lockers, la requerida YAFFIT VALENTINA OYARZÚN CEA fue sorprendida por el testigo guardia de seguridad RODRIGO LÓPEZ ALFARO, poseyendo y manteniendo en su poder 19 jeans color azul de diversos modelos con sus sensores de seguridad instalados, de propiedad de tienda comercial Fashions Park, avaluados en la suma de $162.810 pesos y 14 jeans de la tienda comercial Gran Muralla Ltda., avaluados en la suma de $153.410. Especies que la requerida mantenía conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito, toda vez que habían sido sustraídas a la referida víctima tienda comercial Fashions Park, el mismo día, aproximadamente a las 20:00 horas, desde su tienda ubicada en Prolongación José Joaquín Pérez N° 12010, comuna de La Calera, y sustraídas a la víctima Gran Muralla Ltda anteriormente desde su tienda en Calle Freire N° 252, comuna de Quillota VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada el 25 de marzo de 2022. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5, 7, 11 nº 6, 11 nº 9, 14, 15 N° 1, 26, 30, 50, 67, 70, 456 bis, todos del Código Penal; 388 siguientes del código de procedimiento penal, artículos 1°,4° de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a YAFFIT VALENTINA OYARZÚN CEA, Cédula Identidad 20.174.529-2, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y dos días de prisión en su KVXXYQVHXZ Francisco Alexis Cerda Perez Juez de garantía Fecha: 25/03/2022 20:50:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido

Fallo

se declara: I.- Que se condena a YAFFIT VALENTINA OYARZÚN CEA, Cédula Identidad 20.174.529-2, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y dos días de prisión en su KVXXYQVHXZ Francisco Alexis Cerda Perez Juez de garantía Fecha: 25/03/2022 20:50:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl grado máximo, a una multa de un tercio Unidad Tributaria Mensual; accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autora del delito consumado de receptación, cometido con fecha 09 de agosto de 2019, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Quilpue, por el término de un año. Se deja constancia que, para efectos de revocación, no registra abonos. Se establece como fecha de presentación el día 18 de abril de 2022, entre las 09:00 y las 12:00 horas, bajo apercibimient

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, veinticinco de marzo de dos mil veintidós Hechos: El día 09 de Agosto de 2019, aproximadamente a las 20:20 horas, en Supermercado Mayorista 10, ubicado en Calle Carrera N° 949, comuna de La Calera, en sector lockers, la requerida YAFFIT VALENTINA OYARZÚN CEA fue sorprendida por el testigo guardia de seguridad RODRIGO LÓPEZ ALFARO, poseyendo y manteni

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