5º Juzgado Civil de Santiago

LUIS/BITHON

Rol

C-28534-2019

Fecha

2 de enero de 2020

Materia

ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 15 de septiembre de 2019, a folio N 1, comparecen don ngel° Á Ernesto Luis Reyes y don ngel Benito Luis Orbegoso, ambos domiciliados en calle LaÁ Araucana N 4290, comuna de Estaci n Central, interponiendo demanda de° ó terminaci n de contrato de arrendamiento por vencimiento del plazo, en contra de donó Widson Bithon, con domicilio en calle Marino Pedro Aros N 4283, o en calle Toro° Mazote N 602, ambos de la comuna de Estaci n Central, regi n Metropolitana,° ó ó Exponen que, mediante instrumento privado de 20 de julio de 2018, con el demandado celebraron un contrato de arrendamiento respecto del inmueble consistente en el local comercial ubicado en calle Toro Mazote N 602, comuna de Estaci n° ó Central, Santiago, el que est destinado a la venta de comida r pida.á á Indican que la renta mensual devengada al mes de julio de 2019 asciende a $420.000.- Se alan que conforme la cl usula cuarta del referido instrumento, elñ á “ arrendamiento tendr una duraci n de 12 meses calendario no renovable. Sin perjuicioá ó de lo anterior, las partes convienen que cualquiera de ellas podr dar t rmino al contratoá é en cualquier tiempo, previo aviso a la contraparte, mediante carta certificada despachada con al menos sesenta d as de anticipaci n a la fecha en que se desee dar t rmino alí ó é presente instrumento .” A aden que es del caso que no desean perseverar en el contrato y as lo hanñ í hecho saber al demandado en reiteradas oportunidades en forma personal, manifest ndole que al vencimiento del plazo acordado deb a hacer abandono de laá í propiedad. Agregando que, sus respuestas siempre fueron groseras y muy claras en el sentido que no les restituir a el inmueble en tiempo y forma.í Se alan que ha sido por lo anterior que le enviaron una carta de aviso delñ t rmino del contrato, la que le dirigieron por medio del Notario de Santiago, doné Patricio Cathalifaud Moroso, copia de la cual acompa an en un otros de suñ í presentaci n.ó Adicionan que, luego del env o de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Con 15 de septiembre de 2019, comparecen don ngel ErnestoÁ Luis Reyes y don ngel Benito Luis Orbegoso, interponiendo demanda de terminaci nÁ ó de conrato de arrendamiento por vencimiento del plazo, en contra de don Widson Bitho, en raz n de los hechos y fundamentos de derecho rese ados en la parte expositiva deó ñ este fallo. SEGUNDO: Que atendida la rebeld a de la parte demandada, se encuentraní controvertidos todos los hechos expuestos en la demanda. TERCERO: Que, de lo establecido en los art culos 1545, 1915, 1938 y 1942 delí C digo Civil se desprende que el contrato de arrendamiento es un contrato bilateral, poró medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar el precio o renta determinada, siendo esta ltima suú obligaci n principal, o esencial en los t rminos del art culo 1444 del cuerpo legal antesó é í nombrado. CUARTO: Por otra parte el art culo 1545 del C digo Civil se ala Todoí ó ñ “ contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.” QUINTO: Que a su vez el art culo 1950 del C digo Civil establece que Elí ó “ arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos, y especialmente: 1. Por la destrucci n total de la cosa arrendada;ó 2. Por la expiraci n del tiempo estipulado para la duraci n del arriendo;ó ó 3. Por la extinci n del derecho del arrendador, seg n las reglas que m s adelanteó ú á se expresar n;á 4. Por sentencia del juez en los casos que la ley ha previsto.” SEXTO: Que, atendida la naturaleza jur dica de la acci n intentada en autos, yí ó de conformidad a lo dispuesto en el art culo 1698 del citado c digo, corresponde al actorí ó probar la existencia del contrato y sus estipulaciones. S PTIMO:É Que la parte demandante a fin de acreditar los hechos en que funda su acci n, acompa los siguientes documentos al proceso, en forma legal y noó ñó objetados: 1.- Copia de contrato de arrendamiento de fecha 20 de julio de 2018, celebrado entre don ngel Ernesto Luis Reyes y don ngel Benito Luis Orbegoso, comoÁ Á arrendadores, y el demandado don Widson Bithon, como arrendatario, que da cuenta de lo siguiente: A) Que las partes suscribieron un contrato de arrendamiento respecto del local comercial ubicado en calle Toro Mazote N 602, comuna de Estaci n Central,° ó Santiago. B) Se acord que la renta mensual de arrendamiento asciende a la cantidad deó 15,5 UF, cuyo valor referencial a la firma del contrato era de $421.489.-, durante los primeros seis meses, desde la vigencia del inicio del contrato de arriendo. Asimismo, se estipul que, desde el s ptimo mes de arriendo, la renta mensual se reajustar a por eló é í I.P.C., y los pr ximos reajustes ser an semestrales. Debiendo pagarse mensualmenteó í dentro de los tres primeros d as de cada mes, como plazo m ximo, en el domicilio delí á arrendador o mediante transferencia bancaria

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda de folio 1, conden ndose al demandado a restituir elá inmueble dentro de tercero d a desde que la sentencia cause ejecutoria.í II.- Que, se condena al demandado a pagar la multa pactada conforme lo dispuesto en el contrato de arriendo, y seg n lo razonado en el motivo d cimo segundo.ú é III.- Que, el demandado deber pagar las rentas de arrendamiento y los serviciosá comunes que sean de su cargo, hasta la fecha de la restituci n, conforme lo razonado enó el considerando d cimo tercero.é IV.- Que se condena en costas a la parte demandada.. Reg strese y arch veseí í En Santiago, a dos de Enero de dos mil veinte, se notific por el estado diario,ó la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-02T13:36:01-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-28534-2019 CARATULADO : LUIS/BITHON Santiago, dos de Enero de dos mil veinte C-28534-2019 SOLO DDTE TERMINACION DE CONTRATO POR– VENCIMIENTO DE PLAZO VISTOS: Con fecha 15 de septiembre de 2019, a folio N 1, comparecen don ngel° Á Ernesto Luis Reyes y don ngel Benito Luis Orbegoso, ambos domiciliados

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