Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel.

LUIS RICARDO ESCALANTE ESPINOZA C/ JUAN ENRIQUE BETANZO MATAMALA

Rol

O-695-2021

Fecha

21 de marzo de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día de abril de 2 2 , siendo aproximadamente las : horas, en el sector de esquina calle Patricio Patrito de la comuna de Yumbel, funcionarios de Carabineros sorprendieron al imputado don Juan Enrique Betanzo Matamala, conduciendo en estado de ebriedad el vehículo BHCC- El examen de alcoholemia del imputado señaló como resultado gramos por mil de alcohol en la sangre”, hechos que a juicio de la Fiscalía constituyen el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, descrito y sancionado en los artículos y , ambos de la ley de Tránsito, en grado de consumado, correspondiéndole en el mismo al requerido participación de autor, de acuerdo al artículo N° del Código Penal, señalando el ministerio público que, para el evento de que el imputado admita responsabilidad en tales hechos, pediría que por aplicación del artículo del Código Procesal Penal se le imponga la pena de días de prisión en grado máximo, accesoria correspondiente, suspensión de licencia de conducir por el plazo de años al registrar ya una condena por el mismo ilícito anterior, y multa de Dos Unidades Tributarias Mensuales, renunciando a las costas de la causa.. SEGUNDO: Que los antecedentes de imputación que fundan el requerimiento consisten en: Parte detenidos N° de de abril de 2 2 de Carabineros de Yumbel; Boleta de prueba respiratoria de igual fecha del imputado Betanzo Matamala; Declaración del funcionario aprehensor Luis Ricardo Escalante Espinoza de la misma fecha; Set de fotografías del imputado sitio del suceso y vehículo; Dato de Atención de Urgencia del imputado Betanzo Matamala de de abril de 2 2 emanado de Hospital de Yumbel; Informe de alcoholemia N° 8- CCP-OH- -2 de de abril de 2 2 del imputado, emanado de Servicio Médico Legal, que señala como resultado gramos por mil; Copia autorizada de sentencia dictada en causa RIT -2 RUC - del Juzgado de Garantía de Yumbel, con certificación de encontrarse firme y ejecutoriada; Certificado De Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Ministerio Público formula requerimiento en Procedimiento Simplificado en contra de don JUAN ENRIQUE BETANZO MATAMALA, cédula de identidad N° - , con domicilio en calle Bulnes N° de la comuna de Yumbel, representado por el Abogado Rodrigo Cabezas González, Defensor Penal Privado, fundado en los siguientes hechos: “El día de abril de 2 2 , siendo aproximadamente las : horas, en el sector de esquina calle Patricio Patrito de la comuna de Yumbel, funcionarios de Carabineros sorprendieron al imputado don Juan Enrique Betanzo Matamala, conduciendo en estado de ebriedad el vehículo BHCC- El examen de alcoholemia del imputado señaló como resultado gramos por mil de alcohol en la sangre”, hechos que a juicio de la Fiscalía constituyen el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, descrito y sancionado en los artículos y , ambos de la ley de Tránsito, en grado de consumado, correspondiéndole en el mismo al requerido participación de autor, de acuerdo al artículo N° del Código Penal, señalando el ministerio público que, para el evento de que el imputado admita responsabilidad en tales hechos, pediría que por aplicación del artículo del Código Procesal Penal se le imponga la pena de días de prisión en grado máximo, accesoria correspondiente, suspensión de licencia de conducir por el plazo de años al registrar ya una condena por el mismo ilícito anterior, y multa de Dos Unidades Tributarias Mensuales, renunciando a las costas de la causa.. SEGUNDO: Que los antecedentes de imputación que fundan el requerimiento consisten en: Parte detenidos N° de de abril de 2 2 de Carabineros de Yumbel; Boleta de prueba respiratoria de igual fecha del imputado Betanzo Matamala; Declaración del funcionario aprehensor Luis Ricardo Escalante Espinoza de la misma fecha; Set de fotografías del imputado sitio del suceso y vehículo; Dato de Atención de Urgencia del imputado Betanzo Matamala de de abril de 2 2 emanado de Hospital de Yumbel; Informe de alcoholemia N° 8- CCP-OH- -2 de de abril de 2 2 del imputado, emanado de Servicio Médico Legal, que señala como resultado gramos por mil; Copia autorizada de sentencia dictada en causa RIT -2 RUC - del Juzgado de Garantía de Yumbel, con certificación de encontrarse firme y ejecutoriada; Certificado De Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados del vehículo señalado en los hechos del requerimiento; Hoja de Vida de Conductor; Informe de Sistema Ayuda a Fiscales y Extracto de Filiación y Antecedentes, todos ellos del requerido. DRDVYWNHPX Silvia Patricia Jimenez Cid Juez de garantía Fecha: 08/04/2022 08:34:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccident

Fallo

Por estas consideraciones, que han quedado íntegramente consignadas en el registro de audio del tribunal y visto, además, lo prescrito en los artículo N° N° N° 8 2 , y del Código Penal; artículos 2 y siguientes 88 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos , y de la Ley de Tránsito y disposiciones pertinentes de la ley 8 2 , se declara: DRDVYWNHPX Silvia Patricia Jimenez Cid Juez de garantía Fecha: 08/04/2022 08:34:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl I.- Que, se condena a don JUAN ENRIQUE BETANZO MATAMALA, cédula de identidad N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de Conducción de vehículo motorizado en Estado de Ebriedad, ilícito previsto y sancionado en los artículos y ambos de la Ley de Tránsito, cometido el día de abril de 2 2 en esta comuna de Yumbel, a la pena de 1 días de prisión en su grado máximo, multa a beneficio fiscal de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual y a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y suspensión de su licencia para

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Yumbel, a veintiuno de marzo de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Ministerio Público formula requerimiento en Procedimiento Simplificado en contra de don JUAN ENRIQUE BETANZO MATAMALA, cédula de identidad N° - , con domicilio en calle Bulnes N° de la comuna de Yumbel, representado por el Abogado Rodrigo Cabezas González, Defensor Penal Privado, fundado en los siguient

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