MP C/ KARINA XIMENA DÍAZ ESCOBAR
Rol
O-12370-2020
Fecha
25 de marzo de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 22 de diciembre de 2020 a las 16:40 horas, la imputada ingreso a la tienda Easy de Av. Caupolicán Nr. 0650 de Temuco, desde donde sustrajo 4 unidades de cuchillo Imán y 6 unidades de cuchillos de carne, especies que fueron avaluadas por la víctima en la suma de $103.900, para luego traspasar las cajas registradoras y sistemas de seguridad sin cancelar su valor comercial. Temuco, veinticinco de marzo de dos mil veintidós Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 7,15, 49, 68, 69, 70, 432 y 446 N°3 del Código Penal, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA a KARINA XIMENA DÍAZ ESCOBAR, ya individualizada, como autora del delito tentado de Hurto simple, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 22 de diciembre de PNXTYSLQVX Marcia Patricia Castillo Monjes Juez de garantía Fecha: 31/03/2022 09:41:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020, a la pena de UN (1) DÍA DE PRISIÓNEN SU GRADO MINIMO, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que ambas penas se le dan por cumplidas con el tiempo en que permaneció privada de libertad, con motivo del control de detención y se le exime del pago de las costas de la causa. Dese oportuno cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 7,15, 49, 68, 69, 70, 432 y 446 N°3 del Código Penal, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA a KARINA XIMENA DÍAZ ESCOBAR, ya individualizada, como autora del delito tentado de Hurto simple, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 22 de diciembre de PNXTYSLQVX Marcia Patricia Castillo Monjes Juez de garantía Fecha: 31/03/2022 09:41:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020, a la pena de UN (1) DÍA DE PRISIÓNEN SU GRADO MINIMO, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que ambas penas se le dan por cumplidas con el tiempo en que permaneció privada de libertad, con motivo del control de detención y se le exime del pago de las costas de la causa. Dese oportuno cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT : 12370 - 2020 RUC : 2001281761-5 PRONUNCIADA POR DOÑA MARCIA PATRICIA CASTILLO MONJES JUEZ DE GARANTIA DE TEMUCO
Texto Completo (Preview)
RIT : 12370 - 2020 RUC : 2001281761-5 MATERIA : Hurto simple previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal. IMPUTADO : KARINA XIMENA DÍAZ ESCOBAR CÉDULA DE IDENTIDAD : 16.120.770-5 DOMICILIO : Calle Manuel Montt N°1951 de Temuco, ATENUANTES : .- AGRAVANTES : .- SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 22 de diciembre de 2020 a las 16:40 horas, la imputada ingreso a la
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