Juzgado de Garantía de Rengo.

MP C/ SERGIO ENRIQUE PARRA GONZÁLEZ

Rol

O-4229-2020

Fecha

25 de marzo de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24 de noviembre de 2020, siendo las 13:50 horas aproximadamente, el imputado concurrió hasta el supermercado Tottus, de calle Carlos Condell Nº 100, de la comuna de Rengo, lugar desde donde procedió a ocultar productos de propiedad de la tienda al interior de una mochila que portaba, productos que consistieron en dos envases al vacío de carne, dos envases de crema, 6 envases de Chicle marca Dentyne, dos desodorante Rexona, dos desodorantes marca Ladystick, un pack de desodorantes marca Rexona, prestobarba marca Gillette, fueron avaladas por la víctima en la suma de $100380, especies con las cuales el imputado traspasó las cajas registradoras sin hacer pago de estos productos. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 12 N° 16, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a SERGIO ENRIQUE PARRA GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 13.503.621-8, domiciliado en PATRICIO LYNCH Nº 1635, OSORNO, por los hechos del día 24 de noviembre de 2020, en la comuna de Rengo, como autor del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, las cuales se sustituyen y se le da POR CUMPLIDA en atención a los días que ha permanecido bajo la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno por esta causa. KLGNYRRGWL Claudia Vanessa Letelier Morales Juez de garantía Fecha: 28/03/2022 13:29:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a SERGIO ENRIQUE PARRA GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 13.503.621-8, domiciliado en PATRICIO LYNCH Nº 1635, OSORNO, por los hechos del día 24 de noviembre de 2020, en la comuna de Rengo, como autor del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, las cuales se sustituyen y se le da POR CUMPLIDA en atención a los días que ha permanecido bajo la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno por esta causa. KLGNYRRGWL Claudia Vanessa Letelier Morales Juez de garantía Fecha: 28/03/2022 13:29:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl mailto:sergioparragonzalez77@gmail.com “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL

Texto Completo (Preview)

“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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