CRISTHIAN ALEX MUNOZ AVELLO C/ JIMMY ELIECER CONTRERAS PÉREZ
Rol
O-489-2021
Fecha
17 de marzo de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 3 de septiembre de , siendo aproximadamente las 3: 9 horas, en el sector de Laguna Flores con Los Castaños, Yumbel Estación, comuna de Yumbel, funcionarios de Carabineros sorprendieron al imputado Jimmy Eliecer Contreras Pérez conduciendo el automóvil marca Peugeot, placa patente TA 3 en estado de ebriedad. El examen de alcoholemia del imputado señaló como resultado gramos por mil de alcohol en la sangre”, hechos que a juicio de la fiscalía constituyen el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, descrito y sancionado en los artículos y 9 , ambos de la ley de Tránsito, en grado de consumado, correspondiendo en el mismo al requerido participación de autor, conforme al artículo N° del Código Penal, señalando el Ministerio Público que, asimismo, le beneficia a éste la circunstancia atenuante del artículo N° del Código Punitivo, esto es, su irreprochable conducta anterior, y que para el evento de que éste admita su responsabilidad en los hechos de tal requerimiento, pediría se le reconozca adicionalmente la circunstancia atenuante del artículo N° 9 del mismo texto legal, esto es, colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y que en mérito de ello se rebaje la pena en un grado y se le impongan, en definitiva, días de prisión en grado máximo, más accesoria legal correspondiente, multa de una Unidad Tributaria Mensual, suspensión de licencia de conducir por años, renunciando a la persecución de las costas de la causa. SEGUNDO: Que los antecedentes que fundan este requerimiento consisten en: Parte detenidos N° 8 , de de septiembre de , de Carabineros de Subcomisaria de Laja; declaración de los funcionarios policiales aprehensores Cristian Muñoz Avello y Alex Andrade Nahuelhuaique, ambas de fecha 3 de septiembre de ; Dato de Atención de Urgencia del imputado Contreras Pérez de de septiembre de , del de Hospital de Yumbel; Fotografía del imputado; dos fotografías del automóvil Peugeot, placa patente TA 3 y de, sitio del suceso; Informe de alcoh
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Fiscal Adjunto subrogante de Yumbel, don Rodrigo Andrés Villagrán Crisosto, formula requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don JIMMY ELIECER CONTRERAS PEREZ, cédula de identidad N° - , domiciliado el día de la audiencia en calle Lautaro N° , Yumbel Estación, comuna de Yumbel, representado por la Defensora Mercedes Moncada, de la defensoría Penal Pública fundado en los siguientes hechos: “El día 3 de septiembre de , siendo aproximadamente las 3: 9 horas, en el sector de Laguna Flores con Los Castaños, Yumbel Estación, comuna de Yumbel, funcionarios de Carabineros sorprendieron al imputado Jimmy Eliecer Contreras Pérez conduciendo el automóvil marca Peugeot, placa patente TA 3 en estado de ebriedad. El examen de alcoholemia del imputado señaló como resultado gramos por mil de alcohol en la sangre”, hechos que a juicio de la fiscalía constituyen el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, descrito y sancionado en los artículos y 9 , ambos de la ley de Tránsito, en grado de consumado, correspondiendo en el mismo al requerido participación de autor, conforme al artículo N° del Código Penal, señalando el Ministerio Público que, asimismo, le beneficia a éste la circunstancia atenuante del artículo N° del Código Punitivo, esto es, su irreprochable conducta anterior, y que para el evento de que éste admita su responsabilidad en los hechos de tal requerimiento, pediría se le reconozca adicionalmente la circunstancia atenuante del artículo N° 9 del mismo texto legal, esto es, colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y que en mérito de ello se rebaje la pena en un grado y se le impongan, en definitiva, días de prisión en grado máximo, más accesoria legal correspondiente, multa de una Unidad Tributaria Mensual, suspensión de licencia de conducir por años, renunciando a la persecución de las costas de la causa. SEGUNDO: Que los antecedentes que fundan este requerimiento consisten en: Parte detenidos N° 8 , de de septiembre de , de Carabineros de Subcomisaria de Laja; declaración de los funcionarios policiales aprehensores Cristian Muñoz Avello y Alex Andrade Nahuelhuaique, ambas de fecha 3 de septiembre de ; Dato de Atención de Urgencia del imputado Contreras Pérez de de septiembre de , del de Hospital de Yumbel; Fotografía del imputado; dos fotografías del automóvil Peugeot, placa patente TA 3 y de, sitio del suceso; Informe de alcoholemia N° 8-CCP-OH-88 - , de de octubre de , del requerido, emanado de Servicio Médico Legal, que señala como resultado gramos por mil; Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados de automóvil XPTXYVEXRN Silvia Patricia Jimenez Cid Juez de garantía Fecha: 07/04/2022 07:17:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontin
Fallo
Por estas consideraciones, que han quedado íntegramente consignadas en el registro de audio del tribunal y visto, además, lo prescrito en los artículo , 3, 7, N° y 9, N° , N° , 8, , 3 , 9, , 7 y 7 del Código Penal, artículos , y 9 de la ley de Tránsito, artículos 97, 3 , 3 y siguientes, XPTXYVEXRN Silvia Patricia Jimenez Cid Juez de garantía Fecha: 07/04/2022 07:17:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 388 y siguientes del Código Procesal Penal y disposiciones pertinentes de la ley 8 , se declara: I.- Que, se condena a don JIMMY ELIECER CONTRERAS PEREZ, cédula de identidad N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de Conducción de vehículo motorizado en Estado de Ebriedad, ilícito previsto y sancionado en los artículos y 9 , ambos de la ley de Tránsito, cometido el día 3 de septiembre de en esta comuna de Yumbel, a la pena de 1 días de prisión en grado medio, multa a beneficio fiscal de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual y a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la
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Yumbel, a diecisiete de marzo de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Fiscal Adjunto subrogante de Yumbel, don Rodrigo Andrés Villagrán Crisosto, formula requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don JIMMY ELIECER CONTRERAS PEREZ, cédula de identidad N° - , domiciliado el día de la audiencia en calle Lautaro N° , Yumbel Estación, comuna de Yumbel, represen
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