C/ RENÉ MARTÍN VERGARA ACUÑA
Rol
O-4803-2019
Fecha
22 de marzo de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS : PRIMERO: Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia de la Fiscal Adjunto Sra Patricia Fuentes y del defensor penal público Sr. Felipe Oyarzún- Comparece el imputado René Martín Vergara Acuña, cédula de identidad 20.672.821- 3, domiciliado en calle Fabián Oyanedel N° 5215 , Huechuraba.- Los hechos atribuidos al requerido consiste, en síntesis, en que : El día 01 de mayo del presente año, siendo aproximadamente las 23:00 horas, los requeridos ya individualizados, llegaron hasta la empresa de arriendo de maquinaria de nombre Carlos Ibáñez, ubicada en Av. Américo Vespucio N°705, Huechuraba, en el lugar y mediante la realización de un forado en el cierre perimetral del costado poniente de la empresa, el que realizaron mediante la fractura de la reja metálica, con una herramienta denominada Napoleón, lograron abrir este forado, ingresar al interior y sustraer distinta maquinaria de la que la empresa arrienda, específicamente se trata de; una máquina de soldar marca Indura, un esmeril marca Maquita de color verde, una maquina cargadora de batería industriales, una compresor marca Indura, dos Taladros de marca Maquita, las que fueron acopiados por los imputado en la parte exterior de la empresa disponiéndose a sustraerla momento de que por
Fundamentos
motivos de activación de la alarma llegaron al lugar Carabineros. Sorprendiéndolos antes de que lograran huir con las especies en su poder, al momento de la detención encontraron en poder del imputado Marcelo Pizarro Sanhueza una mochila que esté mantenía consigo en el cual estaban las herramientas utilizadas para realizar los forados y la fuerza en las cosas, que es un destornillador tipo paleta, un napoleón de color rojo, un caimán de color gris y dos linternas de mano.- En concepto de la Fiscalía el hecho constituye un delito de robo con fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de frustrado, correspondiéndole participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 Nº 1 del mismo código.- El Ministerio Público pide se impongan las penas : 41 días de prisión en grado máximo, accesorias legales, sin costas.- 2º Habiéndose advertido al imputado de las penas probables de aplicar vía admisión de responsabilidad en esta audiencia o previo juicio oral, público y contradictorio, aceptó su responsabilidad y juzgamiento inmediato en la audiencia.- 3º En mérito de la aceptación de responsabilidad que efectúa el imputado, respecto de los hechos objeto de requerimiento, se tendrá justificado como hechos de la causa que, efectivamente en horas de la madrugada del 1 de Mayo de 2019, el encartado junto a otros personas ingreso a establecimientos de comercio, entrando por vía no destinada al efecto al interior de las dependencias de empre de arriendo de maquinarias, ubicada en Av. Américo Vespucio N° 705, Huechuraba, efectuando un forado en cerco de alambre, con la intención de apropiarse de mercaderías existentes en el lugar, sin concretar este propósito, desde el instante que fueron sorprendidos y detenidos en el interior del referido local.- XGPGYREJMG PAULO VALENTIN OROZCO LOPEZ Juez de garantía Fecha: 28/03/2022 07:25:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl La acertada calificación de estos hechos configura un delito de robo con fuerza cometido en lugar no habitado, previsto y sancionado por el artículo 442 N° 2 del Código Penal, en grado de frustrado.- Del mismo modo, de los referidos antecedentes, especialmente las circunstancias de haberse sorprendido al imputado, cometiendo un delito flagrante, se tendrá por establecida su participación como autor, por haber intervenido en la ejecución de los hechos de un modo inmediato y directo .- 4° La defensa considerando que careciendo el imputado de antecedentes anteriores, puede acceder a beneficios de la Ley 18.216, específicamente régimen de condena remitida.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos: 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341,342, 348,394,395, del Código Procesal Penal; 1, 7, 11 Nº 9, 14 Nº1, 15 Nº 1, 30, 68 , 432 y 442 del Código Penal, Ley 18.216, se declara : Se condena al imputado René Martín Vergara Acuña, cédula de identidad 20.672.821-3, ya individualizado, a las siguientes penas: 41 días de prisión en grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el lapso cumplimiento de condena, en calidad de autor de un delito de robo con fuerza en lugar no habitado, frustrado , perpetrado el 1 de Mayo de 2019.- A la pena privativa de libertad se cumplirá bajo régimen de condena remitida, quedando el sentenciado sujeto a control de la Sección de Tratamiento en Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el lapso de un año. En el evento de revocarse dicho régimen y decretarse el cumplimiento efectivo de la condena, se reconocen nueve días de abono correspondiente a: 2 de Mayo de 2019, 29 de Julio de 2019, 25 de Septiembre de 2021, 17 de Marzo de 2022, 18,19,20,21,22 de Marzo de 2022.- Se decreta el comiso de las especies incautadas bajo Nue 3952557 y Nue 3952558, se autoriza al Ministerio Público para que proceda a efectuar su destrucción. Se exime al imputado de condena en costas de la causa. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Paulo Orozco López, Juez Titular de Garantía de Santiago XGPGYREJMG PAULO VALENTIN OROZCO LOPEZ Juez de garantía Fecha: 28
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DELITO : ROBO CON FUERZA en LUGAR NO HABITADO ART. 442 C.P. IMPUTADO : RENE MARTIN VERGARA ACUÑA SENTENCIA : CONDENATORIA RUC : 1900468341-5 RIT : 4803 - 2019 Santiago, veintidós de Marzo del dos mil veintidós.- VISTOS : PRIMERO: Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia de la Fiscal Adjunto Sra Patricia Fuentes y del defe
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