NEIRA/SERVICIOS JMB SPA
Rol
O-4829-2019
Fecha
10 de junio de 2021
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 41, 42, 63, 73, 162, 168, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 456, 457, 4589 todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por Fernando Danilo Neira Oyarzo en contra de las empresas Los Manzanos S.A. y Servicios JMB Spa declarándose que el despido del demandante ocurrido el 03 de junio de 2019 es injustificado. II. Para todos los efectos legales deberá entenderse que la relación laboral del demandante terminó el día 03 de junio de 2019 por la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, necesidades de la empresa, en relación a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 168 del mismo cuerpo legal. III. Se declara que las empresas demandadas Los Manzanos S.A. RUT 76.296.041-9.- y Servicios JMB Spa RUT 96.976.096-9.- constituyen un empleador común o unidad económica en los términos del artículo 3 del Código del Trabajo respecto del demandante. IV. Se condena a las demandadas Los Manzanos S.A. y Servicios JMB Spa a pagar de manera solidaria al demandante al demandante Fernando Danilo Neira Oyarzo: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $306.040.- b. Feriado correspondiente a $82.114.- c. Remuneración por los meses de abril, mayo y junio correspondientes a $642.684.- d. Cotizaciones previsionales de salud, AFC y Fonasa por los meses de febrero, marzo, abril, mayo y días de junio de 2019. V. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. VI. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto se condena a las demandadas Los Manzanos S.A. y Servicios JMB Spa a pagar solidariamente al demandante Fernando Danilo Neira Oyarzo remuneraciones desde la época del despido ocurrido el 03 de junio de 2019 hasta el pago efectivo d
Fallo
se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por Fernando Danilo Neira Oyarzo en contra de las empresas Los Manzanos S.A. y Servicios JMB Spa declarándose que el despido del demandante ocurrido el 03 de junio de 2019 es injustificado. II. Para todos los efectos legales deberá entenderse que la relación laboral del demandante terminó el día 03 de junio de 2019 por la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, necesidades de la empresa, en relación a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 168 del mismo cuerpo legal. III. Se declara que las empresas demandadas Los Manzanos S.A. RUT 76.296.041-9.- y Servicios JMB Spa RUT 96.976.096-9.- constituyen un empleador común o unidad económica en los términos del artículo 3 del Código del Trabajo respecto del demandante. IV. Se condena a las demandadas Los Manzanos S.A. y Servicios JMB Spa a pagar de manera solidaria al demandante al demandante Fernando Danilo Neira Oyarzo: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $306.040.- b. Feriado correspondiente a $82.114.- c. Remuneración por los meses de abril, mayo y junio correspondientes a $642.684.- d. Cotizaciones previsionales de salud, AFC y Fonasa por los meses de febrero, marzo, abril, mayo y días de junio de 2019. V. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. VI. Se acoge la acci
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 10 de junio de 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 19-4-0203098-7 RIT O-4829-2019 MAGISTRADO VÍCTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNÁNDEZ HORA DE INICIO 11:30 HORAS HORA DE TERMINO 12:00 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 1940203098-7-1349-210610-00 PARTE
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