Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

LARA/JOSE LUIS CASTILLO LETELIER ASESORIAS Y SERVICIOS EN MARKETING Y PUBLICIDAD EIRL

Rol

T-129-2020

Fecha

10 de junio de 2021

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. T-129-2020, R.U.C. 20-4-0260489-2, seguida por vulneración de derechos fundamentales y cobro de prestaciones; en subsidio, despido indirecto y cobro de prestaciones solicitado en procedimiento de tutela mediante demanda interpuesta por doña Ana Rojas Sandoval, abogada, domiciliada en Latorre 2580 Oficina 5 B, Antofagasta, en representación de don MAURISIO LARA DE LEÓN RUT 25.416.240-K, ecuatoriano, casado, jornal, domiciliado en Campamento Génesis 2 Casa 164 B, Antofagasta, seguida en contra de JOSÉ LUIS CASTILLO LETELIER ASESORIAS Y SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD E.I.R.L. RUT 76.266.102-0 representada legalmente por don Luis Castillo Letelier, ambos domiciliados en calle Azapa 5337, Antofagasta. SEGUNDO: Que, el actor funda su demanda en que fue contratado con fecha 22 de enero de 2018, para desempeñar funciones de jornalero. Que, para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, su remuneración ascendía a la suma de $650.000.- En cuanto a los incumplimientos que fundan la acción de despido indirecto y las vulneraciones sufridas por el actor, sostiene que la jornada de trabajo excedía lo establecido en el contrato sin que se pagarán las horas extraordinarias, lo que se ocultaba al no contar con registro de asistencia. Además, no se extendían liquidaciones de remuneración, y el actor recibía su remuneración en efectivo. Dicha situación no permitía la revisión de los conceptos pagados ni reclamo alguno respecto de los mismos. Que, las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de cesantía se encuentran declaradas y no pagadas desde mayo de 2019. Que, lo anterior perjudica los trámites de visa del demandante y le generan grave perjuicio en lo que respecta a su situación de extranjería. Que, cuando intentó hablar con el empleador del asunto, éste se negó a regularizar la situación y lo insultó con palabras de grueso calibre y en clara alusión a s

Fallo

fallo pues la misma ha devenido en sobreabundante en relación a hechos que se han tenido como suficientemente establecidos en este juicio. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 a 11, 21, 22, 34, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 73, 153, 154, 159, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 178, 184, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 y 485 a 495 del Código del Trabajo; Se declara: I.-Que, se acoge la demanda de vulneración de derechos fundamentales, cobro de prestaciones y nulidad del despido interpuesta por doña Ana Rojas Sandoval, abogada en representación de don MAURISIO LARA DE LEON, dirigida en contra de JOSE LUIS CASTILLO LETELIER ASESORIAS Y SERVICIOS MARKETING Y PUBLICIDAD E.I.R.L representada por don Luis Castillo Letelier todos ya individualizados, en consecuencia se declara que con el actuar de la denunciada se vulneró el derecho a la integridad física y psíquica del denunciante, contemplada en el N° 1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, debiendo la demandada pagar al actor las siguientes prestaciones: 1.- $4.138.750.- a título de indemnización correspondiente al artículo 489 del Código del Trabajo. 2.- $376.250.- a título de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 3.- $752.500.- a título de dos años de servicio. 4.- $376.250.- a título de 50% de incremento. 5.- $244.213.- a título de un periodo de feriado legal y proporcional. 6.- $75.250.- a título de remuneraciones adeudadas correspondientes a febre

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Procedimiento de Tutela MATERIA: Tutela de Derechos Fundamentales y otro DEMANDANTE: Maurisio Lara de León DEMANDADO: José Luis Castillo Letelier Asesorías y Servicios de Marketing y Publicidad E.I.R.L. RUC: 20-4-0260489-2 RIT: T-129-2020 _________________________________________/ Antofagasta, diez de junio del año dos mil veintiuno. VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letra

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica