Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ AURELIA DEL CARMEN ROJO NEIRA

Rol

O-877-2022

Fecha

23 de marzo de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 16 de febrero de 2022, cerca de las 08:00 horas, los imputados AURELIA DEL CARMEN ROJO NEIRA y RAUL ENRIQUE GOMEZ ARANGUIZ y un tercero aun no identificado, llegaron hasta el domicilio ubicado en calle LINA SANTANA AMRRE 2359, comuna de Copiapó, propiedad de la víctima HÉCTOR CORTÉS SAN MARTIN en ese lugar, previamente concertados para la ejecución del delito, traspasaron el cierre perimetral del inmueble, para luego ingresar a la vivienda por una ventana de la casa, para en el interior causar diversos daños, tales como daños en el sistema de seguridad de la puerta principal y daños en la puerta de acceso al living. Una vez en el interior, los imputados revisaron las distintas dependencias del inmueble y se apropiaron de las siguientes especies: - 1 taladro marca Bavaria, color negro y verde. - 1 galletero marca Bavaria Black and Decker - 1 chapa de puerta - Herramientas varias. - 1 maquina de soldar marca HYM color negro - 1 tester. - 1 juego de alicate. - 2 palos - 1 alargador. Especies que fueron transportadas por el imputado RAUL GOMEZ ARANGUIZ hasta un ruco ubicado en la quebrada de calle Guillermo Rojas, donde ocultó las especies que se mantenían al interior de una mochila color azul, blanco y plomo y un bolso matutero, ambos de propiedad de la víctima. En tanto, al ser descubiertos los imputados por vecinos del sector, dejaron abandonado en el exterior del inmueble afectado, diversas especies de propiedad de la víctima, entre ellas: - 20 paquetes de tallarines. - 10 paquetes de azúcar. - 8 paquetes de arroz. - 4 sobres de salsa de tomates. - 5 botellas de aceite. XSNXYPXKYY Paulo Franco Muñoz Pedemonte Juez de garantía Fecha: 23/03/2022 16:30:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a AURELIA DEL CARMEN ROJO NEIRA y RAUL ENRIQUE GOMEZ ARANGUIZ, ya individualizados, en calidad de AUTORES, del delito de Robo en lugar habitado o destinado a la habitacion., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, Accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena y al REGISTRO DE SU HUELLA GENÉTICA. II. Sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el plazo de 5 AÑOS en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Copiapó. Para el control de la ejecución de la pena impuesta, se ordena oficiar a las instituciones correspondientes, para la elaboración del plan de Intervención Individual, el cual deberá ser remitido en su oportunidad a este Tribunal y se tendrá por aprobado si no fuese objeto de observación por parte de los intervinientes. III. Los sentenciados ha de quedar sujeto al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 17 de la Ley 18.216 en sus literales a) Residencia en un lugar determinado, el que podrá ser propuesto por el condenado, debiendo, en todo caso, corresponder a una ciudad en que preste funciones un delegado de libertad vigilada o de libertad vigilada intensiva. La residencia podrá ser cambiada en casos especiales calificados por el tribunal y previo informe de los

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Copiapó, veintitrés de marzo de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: PAULO FRANCO MUÑOZ PEDEMONTE RUC: 2200158866-8 RIT: 877 - 2022 IMPUTADA 1: AURELIA DEL CARMEN ROJO NEIRA C.I . 20.966.356-2 FECHA DE NAC. 03 de febrero de 2002 DIRECCION Calle VILLA ESPERANZA, PASAJE 8, CASA 9 COMUNA: Copiapó. IMPU

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