Juzgado de Garantía de Iquique.

FISCALIA IQUIQUE C/ NATALY ANDREA ALVARADO PASTENE

Rol

O-214-2020

Fecha

22 de marzo de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS “El día 12 de enero de 2020 alrededor de las 18:55 horas la imputada NATALY ANDREA ALVARADO PASTENE, ingresó a la tienda Ripley ubicada en Vivar 55 de la ciudad de Iquique, desde donde sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño 8 polerones marca Everlast avaluados en la suma de $239.920, los cuales ingresó RPHZYPHRZN Ricardo Marcelo Leyton Pavez Juez de garantía Fecha: 22/03/2022 17:39:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl a una bolsa en cuyo interior mantenía otra bolsa del tipo biónica, traspasando con las especies sustraídas las líneas de seguridad del local sin pagar el monto de lo sustraído.. SE DECLARA: Que, se CONDENA a NATALY ANDREA ALVARADO PASTENE, cédula de identidad N° 0018949265-0, ya individualizada, como autora del delito frustrado de Hurto simple por un valor de 4 a menos de 40 utm, prescrito y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, ocurrido en Iquique, el día 12 de enero del año 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 41 días Prisión en su grado máximo. Se le reconoce como abono los días 13 de enero del año 2020 y 21 de febrero del año 2020.- NO CONCEDE PENA SUSTITUTIVA / CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE PENA Respecto de la imputada, no se le concede pena sustitutiva, debiendo cumplir la pena corporal impuesta de manera de efectiva. Habiéndose renunciado a los plazos y recursos legales, la presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada, se da orden de ingreso en calidad de rematado a la sentenciada, a fin de cumplir la pena corporal impuesta. PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 5 U.T.M. CINCO La primera cuota, ú

Fallo

SE DECLARA: Que, se CONDENA a NATALY ANDREA ALVARADO PASTENE, cédula de identidad N° 0018949265-0, ya individualizada, como autora del delito frustrado de Hurto simple por un valor de 4 a menos de 40 utm, prescrito y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, ocurrido en Iquique, el día 12 de enero del año 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 41 días Prisión en su grado máximo. Se le reconoce como abono los días 13 de enero del año 2020 y 21 de febrero del año 2020.- NO CONCEDE PENA SUSTITUTIVA / CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE PENA Respecto de la imputada, no se le concede pena sustitutiva, debiendo cumplir la pena corporal impuesta de manera de efectiva. Habiéndose renunciado a los plazos y recursos legales, la presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada, se da orden de ingreso en calidad de rematado a la sentenciada, a fin de cumplir la pena corporal impuesta. PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 5 U.T.M. CINCO La primera cuota, último día hábil del mes siguiente en que quede ejecutoriada. Observación: Para su pago se dan 05 cuotas de 1 UTM cada una, pagadera al el último día hábil del mes siguiente que quede firme la presente sentencia, y así hasta el último día hábil de cada mes, la cual se paga a través del formulario 10 de la Tesorería General de la República. Los comprobantes de pago, deberá presentarlos ante este tribunal, para acreditar el cumplimiento de la multa impuesta. El no pago de una parcialidad hará exig

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Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Iquique, veintidós de marzo de dos mil veintidós Magistrado RICARDO MARCELO LEYTON PAVEZ, presencial Fiscal PRISCILLA ANDREA SILVA ARANDA, vía zoom Defensor ANDREA PAMELA NORAMBUENA BELTRÁN, presencial Hora inicio 12:13 PM Hora termino 12:25 PM Sala SEMIPRESENCIAL Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta PRG/MLD RUC 2000043662

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