C/ JEAN FRANCO MOLINA SANTANA
Rol
O-187-2021
Fecha
22 de marzo de 2022
Materia
FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES., OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que los días 11, 14 y 15 de marzo del año 2022, ante la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por las juezas Eugenia Elvira Gorichon Gómez, Patricia del Pilar Cabrera Godoy y María Inés Devoto Torres, se llevó a efecto el juicio oral relativo a la causa Rol Interno 187-2021, seguido en contra de JEAN FRANCO MOLINA SANTANA, cédula de identidad N°18.482.304-7, chileno, nacido en Calama el 26 de mayo de 1993, 28 años de edad, soltero, peoneta, con domicilio en calle Osvaldo Muñoz N° 2382, Población Vista Hermosa, Calama, quien compareció asistido legalmente por la abogada de la Defensoría Penal Pública Nicole Auger Campos, domiciliada en calle Aldunate N° 840, quinto piso, Coquimbo, y en contra de JORGE ANDRÉS BEILEY SEPÚLVEDA, cédula de identidad N°19.777.713-3, chileno, nacido en Santiago el 21 de enero de 1998, 24 años de edad, soltero, técnico en telecomunicaciones, domiciliado en calle Las Araucarias N° 034, San José de Maipo, Región Metropolitana, quien fue asesorado legalmente por el abogado particular de su confianza Francisco Ugarte Cruz- Coke, domiciliado en calle Agustinas N° 972, oficina 412, Santiago. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal Claudio Venegas Basualto, domiciliado en calle Melgarejo N° 847, Coquimbo. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, según el auto de apertura del juicio oral, son del siguiente tenor literal: “El día 09 de marzo de 2021, alrededor de las 18:40 horas, en la vía pública, en el sector de la intersección de calles Portales y Luis Ayala, Coquimbo, los acusados Jean Franco Molina Santana y Jorge Andres Beiley Sepulveda mantenían en su poder el vehículo station wagon marca Subaru, modelo New XV AWD CVT 2.0, color blanco cristal perlado, P.P.U. original KTKR.42 que conducía el imputado Molina Santana, conociendo o no NSXXYPMWFM Maria Ines Devoto Torres Juez oral en lo penal Fecha: 22/03/2022 15:07:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTR
Fundamentos
considerando duodécimo de esta sentencia, el cual deberá tenerse por íntegramente reproducido en este acápite, a fin de evitar repeticiones innecesarias. DÉCIMO QUINTO: Que asimismo se acogerá la solicitud absolutoria de la defensa del acusado Jean Franco Molina Santana, con respecto al delito de tenencia ilegal de municiones y a los delitos de la Ley de Tránsito, de acuerdo a los fundamentos reseñados en los considerandos décimo y undécimo de esta sentencia, respectivamente. DÉCIMO SEXTO: Que será rechazada la petición absolutoria de la defensa del acusado Jean Franco Molina Santana con relación a los delitos de receptación de vehículo motorizado y de tenencia ilegal de arma de fuego sin número de serie, por cuanto el análisis de la prueba y el razonamiento consecuente llevó a este tribunal a adquirir convicción, más allá de toda duda razonable, acerca de la existencia de tales delitos y de su participación en calidad de autor, convicción que en cuanto a sus fundamentos ha sido expuesta en los considerandos séptimo, octavo y noveno de esta sentencia. Sin embargo, y haciéndose cargo de las alegaciones planteadas en orden a que no es posible valorar la prueba de cargo por cuanto se vulneraron garantías constitucionales al haber existido infracción a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y en el Código Procesal Penal, éstas serán desestimadas, por cuanto el tribunal no avizoró ilegalidad alguna en el procedimiento policial llevado a cabo el día de los hechos, el que se gestó debido a que Ricardo Núñez, administrador del condominio Oceanic, denunció telefónicamente al funcionario de la PDI Roberto Torres que un vehículo con dos hombres a bordo que eran arrendatarios de un departamento, ingresaba al condominio con el volumen de la música muy alto, y que además uno de dichos sujetos había sido sorprendido por un guardia de seguridad en el interior del vehículo de una residente, información que fue entregada por el funcionario al Fiscal del Ministerio Público, quien dio una orden de investigar, en cuyo diligenciamiento se determinó que el automóvil no portaba la patente original, ya que la dueña del vehículo con esa patente lo tenía en su domicilio de Concón, por lo que en horas de la tarde personal de la PDI controló el vehículo por probable uso de placa patente falsa, estableciendo en dicho control que el conductor mantenía una orden de detención vigente y que transportaba un arma de fuego en el vehículo, el que además tenía encargo por robo. En suma, no se vulneró ninguna garantía constitucional, ya que la PDI actuó con apego a las normas legales y en virtud de una orden de investigar dispuesta por el Ministerio Público. Que finalmente, es menester señalar que las contradicciones advertidas por la defensa entre los dichos del denunciante y del funcionario de la PDI, no tuvieron la relevancia NSXXYPMWFM Maria Ines Devoto Torres Juez oral en lo penal Fecha: 22/03/2022 15:07:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL
Fallo
por estas sentenciadoras en la forma dispuesta en el artículo 297 del Código Procesal Penal, esto es, con libertad, pero sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, conforman un cúmulo de antecedentes con capacidad probatoria suficiente para formar convicción en estas juezas acerca de la existencia de los siguientes hechos: Que el día 09 de marzo de 2021, en horas de la tarde, en la vía pública, en la intersección de calles Portales y Luis Ayala, Coquimbo, el acusado Jean Franco Molina Santana mantenía en su poder y conducía el vehículo station wagon marca Subaru, modelo New XV AWD CVT 2.0, color blanco cristal perlado, placa patente única original KTKR.42, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, de propiedad de María Carolina Infante Pinedo, el cual registraba encargo por robo con intimidación, por cuanto había sido sustraído alrededor de las 21:45 horas del día 10 de febrero de 2021 mientras dicha víctima lo conducía en la comuna de Huechuraba, vehículo que fue avaluado en la NSXXYPMWFM Maria Ines Devoto Torres Juez oral en lo penal Fecha: 22/03/2022 15:07:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala
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1 C/ JEAN FRANCO MOLINA SANTANA y JORGE ANDRÉS BEILEY SEPÚLVEDA Delitos: Receptación de vehículo motorizado Tenencia ilegal de arma de fuego sin número de serie Tenencia ilegal de municiones Conducir un vehículo con placa patente alterada Conducir un vehículo con el número de chasis adulterado Utilizar un certificado de revisión técnica falsificado Rol Único: 2100.226.909-8 Rol Interno: 187-2021 L
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