MINISTERIO PUBLICO C/ CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPÚLVEDA
Rol
O-29-2020
Fecha
22 de marzo de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., DISPAROS INJUSTIF VÍA PÚBLICA (ART. 14 D INC. FINAL), MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la acusación y que se consignan en el auto de apertura de juicio oral recibido en este Tribunal, señalan lo siguiente: “El día 18 de febrero de 2019 aproximadamente a las 12:00 horas, la victima Rigo Jaramillo Ríos se encontraba en su domicilio ubicado en Quebrada de San Pedro N° 1759, comuna de Peñalolén, lugar en el cual su hijo el acusado CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPULVEDA, se encontraba agrediendo a su pareja Noemí Ávila Silva, con golpes de puño en el rostro. Al ver esta situación y que su hijo se encontraba ofuscado, la víctima le preguntó que sucedía, momento en el cual el acusado lo amenazó de forma seria y verosímil con golpearlo y quemarle la casa. Acto seguido, el acusado tomó una escopeta hechiza con la cual disparó al parabrisas del vehículo de la víctima, una camioneta Hyundai Santa Fe, placa patente KSCH-56, en el parabrisas delantero para luego al quedarse sin balas, procedió a golpear el parabrisas con la escopeta hechiza para luego retirarse del lugar. Posteriormente a las 12:30 horas mientras personal policial efectuaba la detención de CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPULVEDA, en la intersección de calle El Abanico con Avenida Grecia, comuna de Peñalolén, intervino el acusado JORGE ALEJANDRO ORTIZ LARRAIN, para impedir dicha detención, para lo cual procedió a golpear al Sargento 2° Juan Palma Gallegos en la espalda con una patada para luego darle golpes de puño en la cabeza, situación aprovechada por Camilo Jaramillo HECTOR ALEJANDRO PLAZA VASQUEZ Juez Presidente Fecha: 22/03/2022 13:24:58 KARINA IRENE ORMEÑO SOTO Juez Integrante Fecha: 22/03/2022 14:55:02 SJXSYPKXXM FRANCISCO JAVIER ANGEL JOPIA RODRIGUEZ Juez Redactor Fecha: 22/03/2022 15:47:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccide
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago – por vía remota –, los días dieciséis y diecisiete de marzo del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa seguida en contra del acusado CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPÚLVEDA, cédula de identidad nacional N° 19.680.348-3, nacido en Santiago el día 11 de abril de 2001, 25 años de edad, soltero, ayudante de construcción, con domicilio en Quebrada San Pedro 1759, Villa El Progreso, Comuna de Peñalolén. En la audiencia, por el Ministerio Público, compareció la Fiscal Adjunta (S), doña Sandra Vergara Urrea. En tanto, en favor del referido acusado, asistió doña Javiera Ansieta, actuando por la Defensoría Penal Pública. SEGUNDO: Que, los hechos contenidos en la acusación y que se consignan en el auto de apertura de juicio oral recibido en este Tribunal, señalan lo siguiente: “El día 18 de febrero de 2019 aproximadamente a las 12:00 horas, la victima Rigo Jaramillo Ríos se encontraba en su domicilio ubicado en Quebrada de San Pedro N° 1759, comuna de Peñalolén, lugar en el cual su hijo el acusado CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPULVEDA, se encontraba agrediendo a su pareja Noemí Ávila Silva, con golpes de puño en el rostro. Al ver esta situación y que su hijo se encontraba ofuscado, la víctima le preguntó que sucedía, momento en el cual el acusado lo amenazó de forma seria y verosímil con golpearlo y quemarle la casa. Acto seguido, el acusado tomó una escopeta hechiza con la cual disparó al parabrisas del vehículo de la víctima, una camioneta Hyundai Santa Fe, placa patente KSCH-56, en el parabrisas delantero para luego al quedarse sin balas, procedió a golpear el parabrisas con la escopeta hechiza para luego retirarse del lugar. Posteriormente a las 12:30 horas mientras personal policial efectuaba la detención de CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPULVEDA, en la intersección de calle El Abanico con Avenida Grecia, comuna de Peñalolén, intervino el acusado JORGE ALEJANDRO ORTIZ LARRAIN, para impedir dicha detención, para lo cual procedió a golpear al Sargento 2° Juan Palma Gallegos en la espalda con una patada para luego darle golpes de puño en la cabeza, situación aprovechada por Camilo Jaramillo HECTOR ALEJANDRO PLAZA VASQUEZ Juez Presidente Fecha: 22/03/2022 13:24:58 KARINA IRENE ORMEÑO SOTO Juez Integrante Fecha: 22/03/2022 14:55:02 SJXSYPKXXM FRANCISCO JAVIER ANGEL JOPIA RODRIGUEZ Juez Redactor Fecha: 22/03/2022 15:47:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 10 para amenazar de forma seria y verosímil manifestando “TE VAMOS A MATAR PACO CULIAO, TE VAMOS A MATAR” y golpear a
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 Nº 1, 18, 24, 25, 26, 28, 50, 67 y 74 del Código Penal; 3, 14, 14 D, 17 B de la Ley N° 17.798; 416 bis N° 4 del Código de Justicia Militar; 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículo undécimo transitorio de la Ley N° 21.394; 593 del Código Orgánico de Tribunales, y; 17 de la Ley 19.970, se declara que: I.- Se absuelve a CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPÚLVEDA, ya individualizado, de la responsabilidad que le reprocha la acusación fiscal, de ser autor de los delitos de AMENAZAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en HECTOR ALEJANDRO PLAZA VASQUEZ Juez Presidente Fecha: 22/03/2022 13:24:58 KARINA IRENE ORMEÑO SOTO Juez Integrante Fecha: 22/03/2022 14:55:02 SJXSYPKXXM FRANCISCO JAVIER ANGEL JOPIA RODRIGUEZ Juez Redactor Fecha: 22/03/2022 15:47:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 10 el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con los artículos 5 y 9 de la N° Ley 20.066 y, de AMENAZAS A CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código de Justi
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10 Santiago, veintidós de marzo del año dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago – por vía remota –, los días dieciséis y diecisiete de marzo del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa seguida en contra del acusado CAMILO ALEJANDRO JARAMILLO SEPÚLVEDA, cédula de identidad nacion
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