MP C/ MAXIMILIANO ENRIQUE ARÉVALO TAPIA
Rol
O-88-2022
Fecha
18 de marzo de 2022
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por la Juez Presidente de sala doña María Esperanza Franichevic’ Pedrals y los magistrados don David Gómez Palma y don Sergio Allende Cabeza, se llevó a efecto audiencia de juicio oral, en la causa RIT 88 – 2.022, RUC 2010017601-8, a través de la modalidad “on line”, bajo la plataforma zoom, seguida en contra del acusado MAXIMILIANO ENRIQUE ARÉVALO TAPIA, cédula nacional de identidad N° 18.791.237-7, nacido en Antofagasta el día 6 de junio de 1.994, 27 años, soltero, trabajador de la construcción, domiciliado en Avenida Recreo N° 245, casa A, Rancagua, representado por el abogado Luis Valdenegro Ortiz, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, en cuya representación intervino la fiscal doña Claudia de la Fuente con domicilio y forma de notificación registrado en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que la acusación fiscal se fundó en los siguientes hechos, tal como se describen de manera literal en auto de apertura de juicio oral: 1. LOS HECHOS: Hecho N° 1: “El día 29 de marzo de 2020 siendo aproximadamente las 02.30 horas de la madrugada, en circunstancias que la víctima se encontraba con el imputado en el domicilio en común ya que son convivientes ubicado en calle Buenas N° 0249, población Sewell, Rancagua, el imputado procede a agredir a su conviviente doña Graciela Andrea Álvarez Astorga, con golpes de puño en el rostro, principalmente en labios y nariz, producto de lo cual la víctima resulto con fractura nasal con desplazamiento, herida cortante penetrante en labio superior, lesiones que fueron diagnosticadas de carácter leve”. Hecho N° 2: “El día 20 de septiembre de 2020 siendo aproximadamente las 01.30 horas en circunstancias que la víctima Graciela Andrea Álvarez Astorga, se encontraba en el domicilio de calle Recreo N° 0245, población Sewell, Rancagua, el imputado Maximiliano Enrique Arévalo Tapia concurre hasta el domicilio de la víctima, el imputado se ofusca y le lanza golpes al cuerpo a la víctima para posteriormente intentar ahorcarla con ambas manos manifestando que la iba a matar, logrando Sergio Enrique Allende Cabeza Juez Redactor Fecha: 18/03/2022 13:11:14 David Eduardo Gomez Palma Juez Integrante Fecha: 18/03/2022 15:08:47 NRFNYXZKJK Maria Esperanza Franichevic Pedrals Juez Presidente Fecha: 18/03/2022 15:23:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 zafarse y saliendo corriendo del domicilio la víctima solicitando ayuda. Prod
Fallo
se acuerda quién tomó la foto. Aparecen erosiones en la nariz, se nota que la tiene bastante inflamada, labios y debido a lo que pasó claramente está afectada debido a que tiene las pupilas dilatadas. A la defensa le contesta que llegan al domicilio como a las 10:40 horas. Ella manifiesta que los hechos ocurren a las 02:30 horas, en horas de la madrugada; que la constatación de lesiones la realizan después, tiene que haber llegado al hospital entre las 10:55 y 11 de la mañana; que antes de las 10:30 ella no fue a ningún servicio de urgencia. Refiere que él también estaba lesionado, si no se equivoca eran leves. Refresca memoria con declaración del carabinero de 29 de marzo de 2020 a las 13 horas, Primera Comisaría: “lesiones imputado… lesiones menos graves”. La víctima no tenía hálito alcohólico. 2.- Jason Manríquez Sandoval, Cabo segundo, el cual declara de la Tenencia de Codegua, sirviendo de ministro de fe el también carabinero don Juan San Martín Morales, el que previo juramento de decir verdad señala que estando de turno el 20 de septiembre de 2.020, cerca de las 12:55 horas, recibe un comunicado vía radial del guardia de Hospital de Rancagua, quien señala que se trasladen a la empresa agrícola Garcés, ubicada en camino La Punta sin número comuna de Mostazal, para verificar si en ese lugar estaba trabajando Maximiliano Arévalo, para proceder a su detención, al ser sindicado como autor de una violencia intrafamiliar con resultado de lesiones leves. Al llegar al lugar
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1 Rancagua, viernes dieciocho de marzo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por la Juez Presidente de sala doña María Esperanza Franichevic’ Pedrals y los magistrados don David Gómez Palma y don Sergio Allende Cabeza, se llevó a efecto aud
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