C/ RODRIGO ALEJANDRO LORENZO MUÑOZ PINTO
Rol
O-194-2021
Fecha
18 de marzo de 2022
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 19 de marzo del año 2020, siendo las aproximadamente las 00:30 horas de la madrugada, en el interior de un Servicentro Copec, ubicado en Av. Departamental N° 1902, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el acusado RODRIGO ALEJANDRO LORENZO MUÑOZ PINTO, encontrándose conduciendo y a bordo de un vehículo motorizado, modelo Yaris, P.P.U. HJLS-54, de color blanco, portaba en el interior del mismo, sobre el asiento del copiloto, en un estuche de lentes color negro, 15 municiones marca Luger, modelo Max-tech, calibre 9 milímetros, sin percutir, sin tener autorización alguna para el porte tenencia de dichos elementos que se encontraban con su composición completa para ser disparados. 2.- Calificación jurídica: MACARENA RUBILAR NAVARRETE Juez Redactor Fecha: 18/03/2022 13:17:49 SXMKYXTXHK HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Presidente Fecha: 18/03/2022 15:14:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Los hechos antes descritos según Fiscalía son constitutivos del delito de TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9°, en relación con el artículo 2° letra c) de la Ley N° 17.798. 3.- Grado de desarrollo de los delitos: El delito materia de la presente acusación se encontraría en grado de desarrollo CONSUMADO, toda vez que el acusado ha ejecutado en su totalidad la conducta típica exigida por el tipo penal. 4.- Grado de participación atribuida al acusado: Se atribuye por la fiscalía al acusado participación en calidad de AUTOR del delito mencionado, tomando parte en la ejecución de los hechos de una manera inmediata y directa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 Nº
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que con fecha quince de marzo de dos mil veintidós, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por los jueces don Hernán García Mendoza en calidad de juez presidente de Sala, doña Macarena Rubilar Navarrete, como juez redactor, y don Héctor Benavides Silva en calidad de tercer juez integrante, se llevó a efecto, de manera semipresencial, al tenor de lo dispuesto en las actas Nº 42 y Nº 53 de 2020 de la Excma. Corte Suprema y artículo 11 transitorio de la ley 21.394, el juicio oral en la causa RUC 2000304912-5, RIT 194-2021, seguido en contra del acusado RODRIGO ALEJANDRO LORENZO MUÑOZ PINTO, cédula nacional de identidad N° 12.800.088-7, nacido el 22 de octubre de 1975, 46 años, soltero, mecánico automotriz , calle Pirámide 824, comuna de Pedro Aguirre Cerda, quien compareció a la audiencia de juicio oral sujeto medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal Guillermo Adasme Corvalán, mientras que la defensa estuvo a cargo del defensor penal público Esaú Serrano Vidal. PRIMERO: CONTENIDO DE LA ACUSACIÓN. Que el Ministerio Público al deducir acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral. 1.- Los Hechos: El día 19 de marzo del año 2020, siendo las aproximadamente las 00:30 horas de la madrugada, en el interior de un Servicentro Copec, ubicado en Av. Departamental N° 1902, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el acusado RODRIGO ALEJANDRO LORENZO MUÑOZ PINTO, encontrándose conduciendo y a bordo de un vehículo motorizado, modelo Yaris, P.P.U. HJLS-54, de color blanco, portaba en el interior del mismo, sobre el asiento del copiloto, en un estuche de lentes color negro, 15 municiones marca Luger, modelo Max-tech, calibre 9 milímetros, sin percutir, sin tener autorización alguna para el porte tenencia de dichos elementos que se encontraban con su composición completa para ser disparados. 2.- Calificación jurídica: MACARENA RUBILAR NAVARRETE Juez Redactor Fecha: 18/03/2022 13:17:49 SXMKYXTXHK HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Presidente Fecha: 18/03/2022 15:14:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Los hechos antes descritos según Fiscalía son constitutivos del delito de TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9°, en relación con el artículo 2° letra c) de la Ley N° 17.798. 3.- Grado de desarrollo de los delitos: El delito materia de la presente acusación se encontraría en grado de desarrollo CONSUMADO, toda vez que el acusado ha ejecutado en su totalidad la conducta típica exigida por el tipo penal. 4.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 18 y 74 del Código Penal; y artículos 1, 8, 48, 124, 292, 295, 297 y siguientes, 325 y siguientes, 340, 341, 342, 343, 344 y 348 del Código Procesal Penal, y artículos 2, 9 y 15 de la ley 17.798, se declara que: I.- Se ABSUELVE al acusado RODRIGO ALEJANDRO LORENZO MUÑOZ PINTO, ya individualizado, de todos los cargos formulados en su MACARENA RUBILAR NAVARRETE Juez Redactor Fecha: 18/03/2022 13:17:49 SXMKYXTXHK HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Presidente Fecha: 18/03/2022 15:14:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 9 contra de ser autor de un delito de tenencia ilegal de municiones, presuntamente perpetrado el 19 de marzo de 2020 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda. II.- Se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa por estimar que en la especie había motivos plausibles para litigar. III.- Se ordena el comiso de N.U.E. 4032141 consistente en 15 vainas y 15 proyectiles balísticos testigos, todos calibres 9 x 19 milímetros, debiendo procederse a su remisión a Arsenales de Guerra para su destrucción definitiva. Eje
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1 Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Que con fecha quince de marzo de dos mil veintidós, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por los jueces don Hernán García Mendoza en calidad de juez presidente de Sala, doña Macarena Rubilar Navarrete, como juez redactor, y don Héctor Benavides Silva en calidad de ter
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