6º Juzgado de Garantía de Santiago

CRISTIAN ROLANDO ANCAMIL CATRI¥IR C/ ROBERTO ANDRÉS CÁRDENAS HUENUQUEO

Rol

O-2121-2021

Fecha

17 de marzo de 2022

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 25, 50, 70, del Código Penal; artículos 50 y 52 de la Ley 20.000; artículos 39, 45, 295, y 397, 340, 342, 348, 388 y 399, 393, 394, 395 y 398 del Código Procesal Penal, se declara: 1.- Que se condena a ROBERTO ANDRÉS CÁRDENAS HUENUQUEO ya individualizado a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1/3 UTM), por su participación como autor de una falta de porte de drogas previsto en el art. 50 Ley 20.000, hecho perpetrado en la comuna de Estación Central el día 29 de abril de 2021. 2.- Respecto de la pena de multa impuesta, de conformidad en lo dispuesto en el art. 52 de la Ley 20.0020 se sustituye por la de reclusión, regulándose esta en 1/3 de UTM por cada día, en consecuencia la imputada deberá cumplir una pena de reclusión de un día, dándose por cumplida dado el tiempo que ha XXXYXRTGH PABLO ORLANDO CONTRERAS GUERRERO Juez de garantía Fecha: 18/03/2022 11:49:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl permanecido privado de libertad con motivo de esta causa. 3.- Se decreta el comiso de la droga incautada. 4.- Que teniendo presente que el imputado cumple con lo establecido en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se va a suspender la imposición de la pena y sus efectos por el lapso de seis meses. Si transcurrido este plazo el imputado no ha sido objeto de nuevo requerimiento o formalización de la investigación, se va dejar sin efecto la sentencia y en su reemplazo se va a decretar el sobreseimiento definitivo de la causa. 5.- Teniendo presente que ha aceptado los hechos del requerimiento y los ant

Fallo

se declara: 1.- Que se condena a ROBERTO ANDRÉS CÁRDENAS HUENUQUEO ya individualizado a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL (1/3 UTM), por su participación como autor de una falta de porte de drogas previsto en el art. 50 Ley 20.000, hecho perpetrado en la comuna de Estación Central el día 29 de abril de 2021. 2.- Respecto de la pena de multa impuesta, de conformidad en lo dispuesto en el art. 52 de la Ley 20.0020 se sustituye por la de reclusión, regulándose esta en 1/3 de UTM por cada día, en consecuencia la imputada deberá cumplir una pena de reclusión de un día, dándose por cumplida dado el tiempo que ha XXXYXRTGH PABLO ORLANDO CONTRERAS GUERRERO Juez de garantía Fecha: 18/03/2022 11:49:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl permanecido privado de libertad con motivo de esta causa. 3.- Se decreta el comiso de la droga incautada. 4.- Que teniendo presente que el imputado cumple con lo establecido en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se va a suspender la imposición de la pena y sus efectos por el lapso de seis meses. Si transcurrido este plazo el imputado no ha sido objeto de

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Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago., diecisiete de marzo de dos mil veintidós Procedimiento SIMPLIFICADO R.U.C. 2100423642-1 R.I.T. 2121 - 2021 JUEZ PABLO ORLANDO CONTRERAS GUERRERO FISCAL CHRISTIAN GARRIDO MOLINA DEFENSA MARIO ANDRÉS LIRA NIETO IMPUTADO ROBERTO ANDRÉS CÁRDENAS HUENUQUEO Cedula identidad n° 0017372125-0 Domicilio: Calle

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