2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PEREIRA/TRANSPORTES RUTA NORTE LIMITADA

Rol

O-2176-2020

Fecha

8 de junio de 2021

Materia

Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 41, 42, 63, 67, 73, 160, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 445, 453, 454 y 459, todos del código del trabajo, se resuelve: I. Hacer lugar a la demanda en todas sus partes, declarándose la relación de trabajo existente entre don Hernán Enrique Pereira González y Transportes Ruta Norte Limitada que se extendió desde el 1 de agosto de 2018 al 19 de diciembre de 2019, concluyendo por despido improcedente y nulo, debiendo la demandada pagar al actor las siguientes prestaciones por los conceptos que se indican: a) $926.415.- por Indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $926.415.- por Indemnización por 1 año de servicios. c) $741.132.- por recargo de 80%. d) $648.491.- correspondiente a indemnización compensatoria de feriado anual por 1 periodo. e) $216.164.- correspondiente a indemnización compensatoria de feriado proporcional. f) $586.736.- por remuneración de 19 días de diciembre. g) la remuneración correspondiente de $926.415.- a contar del 20 de diciembre de 2019 hasta la fecha de convalidación mediante el pago y comunicación de la cotización de seguridad social de junio de 2019, correspondiente a Fondo de pensión y Fondo de Cesantía sobre la misma base imponible antes señalada. II. Las sumas ordenadas pagar deberán actualizarse con los reajustes e intereses previstos en los artículos 63 y 173 del código del trabajo, según corresponda y la cotización de seguridad social de acuerdo en lo previsto en el decreto ley 3.500 y en la ley 19.728, según corresponda. III. Se imponen las costas a la parte demandada por ser íntegramente vencida, regulándose las costas personales en la suma de $1.000.000.- Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió y Dictó don ALVARO FELIPE FLORES MONARDES, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervi

Fallo

se resuelve: I. Hacer lugar a la demanda en todas sus partes, declarándose la relación de trabajo existente entre don Hernán Enrique Pereira González y Transportes Ruta Norte Limitada que se extendió desde el 1 de agosto de 2018 al 19 de diciembre de 2019, concluyendo por despido improcedente y nulo, debiendo la demandada pagar al actor las siguientes prestaciones por los conceptos que se indican: a) $926.415.- por Indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $926.415.- por Indemnización por 1 año de servicios. c) $741.132.- por recargo de 80%. d) $648.491.- correspondiente a indemnización compensatoria de feriado anual por 1 periodo. e) $216.164.- correspondiente a indemnización compensatoria de feriado proporcional. f) $586.736.- por remuneración de 19 días de diciembre. g) la remuneración correspondiente de $926.415.- a contar del 20 de diciembre de 2019 hasta la fecha de convalidación mediante el pago y comunicación de la cotización de seguridad social de junio de 2019, correspondiente a Fondo de pensión y Fondo de Cesantía sobre la misma base imponible antes señalada. II. Las sumas ordenadas pagar deberán actualizarse con los reajustes e intereses previstos en los artículos 63 y 173 del código del trabajo, según corresponda y la cotización de seguridad social de acuerdo en lo previsto en el decreto ley 3.500 y en la ley 19.728, según corresponda. III. Se imponen las costas a la parte demandada por ser íntegramente vencida, regulándose las costas personales en la

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 08 DE JUNIO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 12 RUC 20-4-0260975-4 RIT O-2176-2020 MAGISTRADO ALVARO FELIPE FLORES MONARDES ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIGUEL QUINTANILLA CASTAÑEDA HORA DE INICIO 14.05 HORAS HORA DE TERMINO 14.17 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040260975-4-1349-210608-

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