Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

ROGOZINSKI/CONSTRUCTORA Y PROYECTOS RODRIGO SAAVEDRA E.I.R.L.

Rol

M-103-2021

Fecha

8 de junio de 2021

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 10, 41, 63, 73, 159, 160, 161, 162, 168, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo se resuelve lo siguiente: I.- Que se acoge la demanda incoada por don Daniel Antonio Rogozinski Niklitschek en contra de la Constructora y Proyectos Rodrigo Saavedra E.I.R.L. representada legalmente por don Rodrigo Saavedra Castillo, declarando lo siguiente: 1.- Que existió relación laboral existente entre las partes entre el 25 de noviembre de 2017 y hasta 7 de enero de 2021, y que el despido es injustificado y carente de causa legal. Que en virtud de lo precedente declarado se deben pagarlas siguientes prestaciones. a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo la suma de $ 420.000.- b) La suma de $1.260.000 por concepto de indemnización por años de servicios. c) La suma $630.000 por recargo legal del 50% conforme al artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. d) Por concepto de feriado legal proporcional la suma de $ 30.000.- e) Remuneraciones adeudadas entre el 1 y el 7 de enero de 2021 la suma de $56.000. Estos dos conceptos se accederán toda vez que no fueron acreditados, además sin perjuicio del efecto que se concede por la incomparecencia del demandado, además se trata de derechos legales cuyo cumplimiento debe ser acreditado por el empleador lo cual tampoco se ha efectuado en la especie. II.- Las prestaciones a las que ha sido condenado el demandado deberán ser pagadas con reajustes e intereses conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, hasta la fecha del pago efectivo. III.- Que se condena además al demandado al pago de las costas de la causa fijándose las personales en la suma de $120.000.- En este acto queda notificado el demandante como así mismo el demandado queda notificado a contar de esta fecha que es la fecha de la dictación del fallo. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT M-103-2021 RUC 21-4-0330849-5 Dirigió la audiencia don CLAUDIO ALEJANDRO ÁLVAREZ RAMÍR

Fallo

se resuelve lo siguiente: I.- Que se acoge la demanda incoada por don Daniel Antonio Rogozinski Niklitschek en contra de la Constructora y Proyectos Rodrigo Saavedra E.I.R.L. representada legalmente por don Rodrigo Saavedra Castillo, declarando lo siguiente: 1.- Que existió relación laboral existente entre las partes entre el 25 de noviembre de 2017 y hasta 7 de enero de 2021, y que el despido es injustificado y carente de causa legal. Que en virtud de lo precedente declarado se deben pagarlas siguientes prestaciones. a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo la suma de $ 420.000.- b) La suma de $1.260.000 por concepto de indemnización por años de servicios. c) La suma $630.000 por recargo legal del 50% conforme al artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. d) Por concepto de feriado legal proporcional la suma de $ 30.000.- e) Remuneraciones adeudadas entre el 1 y el 7 de enero de 2021 la suma de $56.000. Estos dos conceptos se accederán toda vez que no fueron acreditados, además sin perjuicio del efecto que se concede por la incomparecencia del demandado, además se trata de derechos legales cuyo cumplimiento debe ser acreditado por el empleador lo cual tampoco se ha efectuado en la especie. II.- Las prestaciones a las que ha sido condenado el demandado deberán ser pagadas con reajustes e intereses conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, hasta la fecha del pago efectivo. III.- Que se condena además al demandado al pago de

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACION Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIA ZOOM FECHA 08 de junio de 2021 RUC 21-4-0330849-5 RIT M-103-2021 MAGISTRADO Claudio Alejandro Álvarez Ramírez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ximena Carcamo Carcamo HORA DE INICIO 08:38 horas HORA DE TERMINO 08:57horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2140330849-5-1359 DEMANDANTE COMPARECIENTE Daniel Antoni

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