3º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LUIS ENRIQUE PAREJA GUZMÁN

Rol

O-4336-2021

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que se refirieron en la acusación son, en lo esencial, los siguientes: “El día 13 de Julio de 2021, siendo aproximadamente las 20:30 horas, en Calle Antonia López de Bello, con Calle Trento comuna de Recoleta, el imputado Luis Enrique Pareja Guzmán ofrecía a los transeúntes y mantenía consigo con el propósito de traficar en dicho sector 11 envoltorios de papel cuadriculados contenedores de 1.6 gramos de Pasta base de cocaína. Asimismo a las 20:35 horas se verificó que el imputado ya referido mantenía y almacenaba al interior de una habitación del inmueble ubicado en Pasaje Trento N° 16, comuna de Recoleta, con el propósito de traficar 1058 envoltorios pequeños de papel cuadriculado contenedores de 49.5 grs de pasta base de cocaína y además la suma de $ 75.000, setenta y cinco mil pesos en dinero efectivo desglosados en billetes de diversa denominación” En la acusación se consideró concurrentes las atenuantes previstas en los números 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, por cuyo motivo se pidió se aplicara las sanciones de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, comiso de la suma del dinero y la droga y suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Atendido las penas pedidas y lo dispuesto en el artículo 388 del Código Procesal Penal, el trámite siguió bajo las normas del procedimiento simplificado, teniéndose la acusación como requerimiento. WWWZYNNXSX PEDRO PABLO ADVIS MONCADA Juez de garantía Fecha: 16/03/2022 13:02:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2° Que, consultado por este juez, el requerido

Fundamentos

motivos y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 18 y 30 del Código Penal, 1º° 4° y 52 de la Ley Nº 20.000, y 1, 4 388 y 395 del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara que se acoge el requerimiento y se decide que don don Luis Enrique Pareja Guzmán es autor del delito previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley Nº 20.000, en grado de consumado; en esta calidad, queda condenado a cumplir las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, comiso de la sustancia estupefaciente incautada y de la suma de $75.000 que fuera incautada y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena, por un año. Si se llegare a revocar, se imputará a la condena el tiempo que pasó en prisión preventiva en esta causa el sentenciado, entre el 14 y el 29 de julio de 2021, esto es, un total de diecisiete (17) días. Se tendrá por cumplida la multa que le fuera aplicada, aplicando al efecto el tiempo en que el sentenciado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, entre el 13 y 14 de julio de 2021, en calidad de detenido Regístrese y, en su oportunidad, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, archívese. RUC N° 2100645924-K RIT N° 4336 – 2021 Dictada por Pedro Advis Moncada, titular en el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. WWWZYNNXSX PEDRO PABLO ADVIS MONCADA Juez de garantía Fecha: 16/03/2022 13:02:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTT

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de marzo de dos mil veintidós. Oídos y teniendo presente: 1° Que se citó a esta audiencia para debatir sobre la prosecución del trámite de la causa conforme las normas del procedimiento abreviado. La audiencia se desarrolló con la asistencia del acusado, don Luis Enrique Pareja Guzmán, cédula de identidad N° 21.206483-1, nacido el 06 de enero de 2003, domiciliado en pasaje Trento N

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