2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ MAURICIO ALEXIS ALVARADO VELASTÍN

Rol

O-421-2021

Fecha

16 de marzo de 2022

Materia

HURTO AGRAVADO (ART. 447 CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO Que, ante este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago constituido por los Jueces doña DENISSE EHRENFELD EBBINGHAUS, quien presidió la audiencia, doña GLORIA ISABEL CANALES ABARCA y don JORGE ANTONIO CANDIA BURGOS, se llevó a efecto el juicio oral correspondiente a la causa rol único 1.900.881.106-k, rol interno del tribunal número 421-2021, seguida en contra de don MAURICIO ALEXIS ALVARADO VELESTIN, cédula de identidad número 13.462.668-2, guardia de seguridad, domiciliado en pasaje Palena número 5463, La Palmilla, comuna de Conchalí, soltero, nacido en Santiago el 15 de junio de 1972, soltero, guardia de seguridad. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la señora fiscal doña Monique Blanc Merino, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado defensor penal privado, don Elgor Aguirre Ornani, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: ACUSACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO. Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del acusado, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, fundándola en los siguientes hechos: El 16/08/2019 siendo las 00.02 aproximadamente el acusado, quien trabajaba como guardia de seguridad del mal Buenaventura, ubicado en calle San Ignacio 500 de Quilicura, ingresó a este local comercial desde el cual sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, 06 descargas de WC de material de bronce, marca ZURN, avaluados en la suma de $600.000, los que luego trasladó hasta el vehículo marca Suzuki, PPU ZA-4987, ocultándolos en el maletero del móvil para apropiarse de las especies. El Ministerio Público, sostiene que los hechos precedentemente descritos configuran el delito de hurto agravado, previsto y sancionado en los artículos 446 número 2 en relación con los artículos 432 y 447 número 1 del Código Penal, consumado, agregando que en todos ellos le habría correspondido al acusado participación en calidad de autor, según lo dispuesto en el artículo 15 número 1 del Código Penal. El órgano persecutor señala que respecto del acusado no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Por último, en cuanto a la pretensión punitiva, el Ministerio Público solicita que se condene al acusado Mauricio Alexis Alvarado Velestin, a una pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales accesorias del artículo 29 del Código Penal y las costas de la causa. SEGUNDO: ALEGATO DE APERTURA DEL MINISTERIO PÚBLICO. Que, la señora fiscal del Ministerio Público ratificó en la audiencia el contenido de su acusación, ofreciendo acreditar los fundamentos de hecho de la misma junto con reiterar su pretensión punitiva. GLORIA ISABEL CANALES ABARCA Juez Integrante Fecha: 16/03/2022 14:04:09 JORGE ANTONIO ISRAEL CANDIA BURGOS Juez Redactor Fecha: 16/03/2022 14:06:46 ESRTYNCVHK DENISSE SARA EHRENFELD EBBINGHAUS Juez Presidente Fecha: 16/03/2022 14:58:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TERCERO: ALEGATO DE APERTURA DE LA DEFENSA. Que el señor defensor en su alegato de apertura, solicitó que se absuelva al imputado ya que no se acreditara el hecho, ni la participación, agrega que no se probara el vinculo de subordinación y dependencia, además de eso indica que la acusación dice acusados, y se acusa por 446 numero 2, pero el monto no está acreditado, precisa que estas incongruencias inciden en la pena, el 447 número 1, habla de sirvientes, amos y patrones, este artículo debería estar derogado por peyorativo. La

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 29, 47, 50, 67, 68 bis, 69, 432 y 440 N°1 del Código Penal; artículos 1, 45, 46, 47, 129, 130, 281, 295, 296, 297, 298, 309, 314, 315, 319, 323, 324, 325, 326, 328, 329, 338, 339, 340, 341, 343, 344, 345, 346, 348, 349 y 468 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a MAURICIO ALEXIS ALVARADO VELESTIN, cédula de identidad número 13.462.668-2, ya individualizado, de la acusación deducida en su contra como presunto autor de un delito de hurto agravado, supuestamente perpetrado el día 16 de agosto de 2019, en la comuna de Quilicura de esta ciudad. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, en atención a lo razonado en la parte considerativa del fallo. Notifíquese, regístrese, y en su oportunidad archívese. Redactada por el juez don JORGE ANTONIO CANDIA BURGOS RUC Nº 1.900.881.106-k ROL INTERNO 421-2021 CODIGO DELITO : (826) PRONUNCIADA POR LA SALA DEL SEGUNDO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO, PRESIDIDA POR DOÑA DENISSE EHRENFELD EBBINGHAUS, E INTEGRADA POR LOS JUECES DOÑA GLORIA ISABEL CANALES ABARCA, COMO TERCER JUEZ INTEGRANTE Y DON JORGE ANTONIO CANDIA BURGOS, COMO REDACTOR. GLORIA ISABEL CANALES ABARCA Juez Integrante Fecha: 16/03/2022 14:04:09 JORGE ANTONIO ISRAEL CANDIA BURGOS Juez Redactor Fecha: 16/03/2022 14:06:46 ESRTYNCVHK DENISSE SARA EHRENFELD EBBINGHAUS Juez Presidente Fecha: 16/03/2022 14:58:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de marzo del año dos mil veintidós. VISTO Y OÍDO Que, ante este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago constituido por los Jueces doña DENISSE EHRENFELD EBBINGHAUS, quien presidió la audiencia, doña GLORIA ISABEL CANALES ABARCA y don JORGE ANTONIO CANDIA BURGOS, se llevó a efecto el juicio oral correspondiente a la causa rol único 1.900.881.106-k, rol interno

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