RAMÍREZ CON FOTOGRAFICA FULL COLOR LIMITADA
Rol
O-6734-2020
Fecha
7 de junio de 2021
Materia
Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. O-6734-2020 por despido injustificado y cobro de prestaciones La demanda fue interpuesta por doña SILVANA DEL CARMEN RAMIREZ FERREIRA, chilena, divorciada, vendedora, cédula de identidad número 14.472.964-1, con domicilio en Guayaquil N° 1485, Miramar Norte, Comuna de Antofagasta, en contra de FOTOGRÁFICA FULL COLOR LIMITADA, rol único tributario N° 96.603.770- 9, representada legalmente por don FRANCISCO JAVIER CONEJEROS SIMON, LIQUIDADOR CONCURSAL, con domicilio en Avenida La Dehesa 1201, Torre Oriente, oficina 719, comuna de Lo Barnechea.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Argumentos y pretensiones de la actora. Expone en síntesis que, ingresó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, en los términos del artículo 7 del código del trabajo para la demandada el día 4 de febrero de 2013, desempeñando las funciones de vendedora y operadora en el local ubicado en calle Arturo Prat 469 comuna de Antofagasta. Su remuneración ascendía a la suma de $ 466.171 y su jornada de trabajo era de 45 horas semanales. A partir del 1.º de mayo del año 2020, debido a la pandemia por la enfermedad Covid 19, vio reducida su jornada de trabajo a trabajar día por medio con la consecuente disminución en su remuneración. A partir del día 24 de junio la demandada se acoge a la ley de protección al empleo suspendiéndose sus funciones y siendo pagadas sus remuneraciones por el fondo de cesantía. Con fecha 26 de septiembre de 2020, la demandada pone término a la relación laboral enviando la correspondiente carta de despido al domicilio de la trabajadora en la cual se invocaba la causal de necesidades de la empresa según lo previsto en el artículo 161 inciso 1° del código del trabajo. Los hechos en que se funda aparecen redactados en forma breve y escueta no reuniendo los requisitos mínimos que exige la ley. Agrega que la demandada jamás pagó las cifras indicadas en la carta de despido. Cita normas legales y jurisprudencia sobre la materia. Solicita en definitiva se acoja la demanda se declare injustificado el despido condenando a la demandada a pagar lo siguiente: 1) $ 1.118.810, por concepto de recargo legal del 30% de la indemnización por años de servicio; b) $ 689.195, por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía; c) $ 3.729.368, por concepto de indemnización por años de servicio; d) $ 466.171, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; e) $ 385.539, por concepto de feriado proporcional. Todo con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Contestación de la demanda. Que Doña Isabel Margarita Álamo en representación de don Francisco Conejeros, quien ha asumido legalmente la representación de la empresa demandada “Fotográfica Full Color Limitada” en proceso de liquidación concursal, contesta la demanda en tiempo y forma señalando que en el proceso de incautación de bienes de la empresa demandada no fue posible obtener información que respalde las pretensiones de la actora, por lo que se asumirá una defensa negativa. Manifiesta que Fotográfica Full Color Limitada fue declarada en insolvencia mediante resolución judicial de fecha 5 de noviembre del año 2020, dictada en causa rol C-12.707-2020, seguida ante el 21 Juzgado Civil de Santiago. Este derecho de la liquidación confirmar absolutamente la causal impetrada para poner término la relación laboral de manera que solamente corresponde a la demandante concurrir a verificar su eventual crédito en el concurso, a prorrata del monto que pudiere corresponderle y alegando las preferencias que proceda. Solicita el rechazo de l
Fallo
fallo pues la misma ha devenido en sobreabundante en relación a hechos que se han tenido como suficientemente establecidos en este juicio. Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 3,160, 162, 168, 169, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, ley 19.728 y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por doña SILVANA DEL CARMEN RAMIREZ FERREIRA, cédula de identidad número 14.472.964-1, con domicilio en Guayaquil N° 1485, Miramar Norte, Comuna de Antofagasta, en contra de FOTOGRÁFICA FULL COLOR LIMITADA, rol único tributario N° 96.603.770- 9, representa legalmente por don FRANCISCO JAVIER CONEJEROS SIMON, LIQUIDADOR CONCURSAL, todos previamente individualizados, solo en cuanto se condena a la demandada a pagar a la actora lo siguientes: a) $ 3.040.173, por concepto de indemnización por años de servicio. b) $ 466.171, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. c) $ 385.539, por concepto de feriado proporcional. II. -Que las sumas anteriormente indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e interés que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.-Que se rechaza la demanda, en todo lo demás. IV.- Que no habiendo sido ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagara sus costas. V.- Ejecutoriada que sea la presente resolución cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día de lo contrario remítanse los ante
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, siete de junio de dos mil veintiuno. VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. O-6734-2020 por despido injustificado y cobro de prestaciones La demanda fue interpuesta por doña SILVANA DEL CARMEN RAMIREZ FERREIRA, chilena, divorciada, vendedora, cédula de
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