Juzgado de Garantía de Coquimbo.

MP. COQBO. C/ GUSTAVO ADOLFO ALQUINTA JOFRÉ

Rol

O-3450-2019

Fecha

14 de marzo de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 20 de julio de 2019, a las 10:00 horas aproximadamente, en el sector ubicado en el Remanso N° 39, Sector de Las Tomas, Coquimbo, el imputado GUSTAVO ADOLFO ALQUINTA JOFRE agredió a su ex conviviente y madre de su hijo, la víctima Macarena Alexandra Santander Cortés, tomándola de la mano derecha y forzándola hacia atrás y manifestándole además "voy a mandar a mi hermana que te saque la conchetumadre por que vo soy jila". A raíz de lo anterior, la víctima resultó con lesiones consistentes en “escoriación en planta de mano derecha y contusión en miembro inferior izquierdo” de carácter leves. B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a catorce de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 296 N°3, 494 Nª 5, 3099 del Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066, y artículos 297, 340, 341, 347, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se desestima la denuncia y en consecuencia se ABSUELVE a GUSTAVO ADOLFO ALQUINTA JOFRÉ, cédula nacional de identidad N° 16444170-9, por el delito de amenazas y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar en la persona de su ex conviviente y madre de su hijo, la víctima Macarena Alexandra Santander Cortés, conducta presumiblemente acaecida el día 20 de julio de 2019 en esta comuna. II.- Alcense la medida cautelar decretada en el procedimiento del artículo 9° letra b) de la Ley 20.066. Déjese constancia en el módulo de medidas cautelares. Notifíquese a Carabineros de Chile. III.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa al existir motivo plausible para litigar. IV.- Remítase copia del fallo al sentenciado al correo electrónico, si lo tuviere ingresado en el SIAG. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales, quedando ejecutoriada la sentencia. RUC 1900775245-0 RIT 3450 - 2019 Dictada por don DIEGO FRANCISCO RUBÍ ARAYA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Coquimbo. XTZKYMFXDM Diego Francisco Rubi Araya Juez de garantía Fecha: 14/03/2022 19:02:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU

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A.- HECHOS: El día 20 de julio de 2019, a las 10:00 horas aproximadamente, en el sector ubicado en el Remanso N° 39, Sector de Las Tomas, Coquimbo, el imputado GUSTAVO ADOLFO ALQUINTA JOFRE agredió a su ex conviviente y madre de su hijo, la víctima Macarena Alexandra Santander Cortés, tomándola de la mano derecha y forzándola hacia atrás y manifestándole además "voy a mandar a mi hermana que te sa

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