MP C/ MARIO MARCOS GALDAMES ROMÁN
Rol
O-9917-2019
Fecha
14 de marzo de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., USO FRAUDULENTO DE TARJETAS O MEDIOS DE PAGO. LEY 20.009
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: El día 23 de enero de 2019, aproximadamente a las 13:30 horas, en circunstancias que la víctima de Marta Susana Willink, transitaba a bordo de su vehículo junto a su hija Valentina Nevels, en dirección a Viña del Mar por Avenida España, en el sector de Caleta Portales, es advertida de mantener pinchado el neumático trasero del lado del conductor por Mario MARCOS GALDAMES ROMÁN y otros sujetos desconocidos que se movilizan en un vehículo gris, quienes le ofrecieron ayuda para cambiar el neumático, deteniéndose en calle Phillipi, en el sector de Caleta Portales, bajándose los ocupantes del vehículo gris y procediendo a cambiar el neumático dañado, momento en el cual, aprovechándose de la distracción de la víctima, el imputado Mario MARCOS GALDAMES ROMÁN procede a sustraer la cartera de ésta desde el piso del asiento delantero del copiloto, sacándola a través de la ventana que se encontraba abierta, dentro de la cual mantenía: $60.000 pesos, US$300 dólares, DNI N°20562033, 01 licencia de conducir a su nombre, tarjetas de crédito y débito de los bancos Santander Río, Santander Visa y Américan Express, Mastercard CMR Falabella y Matercard Cencosud; huyendo del lugar a bordo del vehículo gris con las especies sustraídas. Ese mismo día, aproximadamente a las 14:30 horas, el imputado Mario Marcos Galdames Román concurrió hasta el local “Neumafer” ubicado en Avenida Independencia N°2789, Valparaíso, donde procedió a comprar 10 neumáticos por un valor de $250.000 y otros 2 neumáticos por un valor de $50.000, utilizando para ello la tarjeta de crédito Visa N°4509790151060716, que antes había sido sustraída a la víctima Marta Susana Willink provocando con esto un perjuicio igual al monto de lo comprado. Teniendo además presente lo dispuesto por los artículos 1, 3, 11 N°7, 11 N°9, 15 N°1, 18, 25, 30, 68, 69, 446 N°3 y siguientes del Código Penal; 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y Ley 20.009, se declara: NXFFYNLLNH Mi
Fallo
se declara: NXFFYNLLNH Mirtza Marisol Gonzalez Vera Juez de garantía Fecha: 16/03/2022 11:56:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Que se CONDENA a MARIO MARCOS GALDAMES ROMÁN, ya individualizado, a sufrir dos penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito de hurto y un delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito cometido en esta ciudad el 23 de enero de 2019 en perjuicio de Marta Susana Willink. Se le exime el pago de las costas por haber aceptado procedimiento abreviado y evitado la realización de un juicio y los costos que esto implica para el Estado. Se le sustituye la pena privativa de libertad por ochenta horas de trabajos en servicio de la comunidad, los cuales deberán ser regulados y controlados por el Centro de Reinserción Social de Valparaíso al cual debe presentarse el condenado dentro de los diez días siguientes a la fecha que quede ejecutoriado este fallo. Dicha regulación de los trabajos comunitarios deberá hacerse conforme lo disponen los art
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RUC 1900100312-K RIT 9917-2019 Imputado: MARIO MARCOS GALDAMES ROMÁN, cédula de identidad N° 17.4739.63-3, domiciliado en Calle Cabritería Poniente N° 990 departamento 11, Cerro Placeres, Valparaíso. Valparaíso, catorce de marzo de dos mil veintidós VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: El día 23 de enero de 2019, aproximadamente a las 13:30 horas, en circunstancias que la víctima de Marta Susana Willink,
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