MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ ADRIAN ALEJANDRO OLIVERI CARIOCA
Rol
O-20-2022
Fecha
12 de marzo de 2022
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 12 de Abril de 2021, a las 22:50 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de Carabineros de OS7 Calama se encontraba realizando una fiscalización de buses en la Ruta B-25, kilómetro 46, sector poblado de Sierra Gorda, Sergio Antonio Villa Romero Juez Presidente Fecha: 14/03/2022 17:59:38 Juan Luis Salgado Vasquez Juez Redactor Fecha: 14/03/2022 18:02:44 BXYSYNFGYV Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Integrante Fecha: 17/03/2022 14:56:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 procedieron a la fiscalización del Bus PPU KCRW.38, de la empresa “Pullman Bus”, itinerario Calama –Santiago . Al realizar una revisión de los equipajes, apoyados del ejemplar canino detector de drogas “FOXY”, dando esta ejemplar una alerta positiva, tanto corporal como marcación activa en un bolso color fucsia marca Nike que portaba el imputado, don ADRIAN ALEJANDRO OLIVERI CARIACO, logrando verificar que en su interior este transportaba 16 botellas de diferentes marcas y medidas contendoras de una sustancia liquida transparentes , la que posteriormente se estableció que correspondía a Ketamina con un peso bruto de 21 kilos 815 gramos, procediendo a su detención y a la incautación de un teléfono celular marca Huawei color negro.” Se indicó que los hechos descritos constituirían el delito de tráfico ilícito de drogas y estupefacientes en grado de consumado, previsto y sancionado por los artículos 3 y 1 de la ley 20.000, en el cual le cabría participación al acusado en calidad de autor, de acuerdo al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Beneficiándole la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, el a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha siete de marzo del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la juez Presidente de la sala, Sergio Villa Romero (D) e integrada por los jueces Paul Contreras Saavedra (D) y Juan Luis Salgado Vásquez, se llevó a efecto de modo telemático a través de la plataforma zoom la audiencia de juicio oral de la causa RIT 20-2022 RUC 2100354075-5, seguida por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, en contra de ADRIAN ALEJANDRO OLIVERI CARIOCA, cédula de identidad provisoria chilena N° 14.879.892-3, cédula venezolana N° 21391197, nacido el 19 de abril de 1993 en Caracas-Venezuela, Venezolano, 28 años, soltero, repartidor, fijando domicilio en San Martin 2634 Oficina 31, Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta Claudia Vega Vargas, mientras que la defensa del encausado estuvo a cargo de la defensora pública licitada Paula Valdivia Díaz, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Que la acusación se fundó en los siguientes hechos: “El día 12 de Abril de 2021, a las 22:50 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de Carabineros de OS7 Calama se encontraba realizando una fiscalización de buses en la Ruta B-25, kilómetro 46, sector poblado de Sierra Gorda, Sergio Antonio Villa Romero Juez Presidente Fecha: 14/03/2022 17:59:38 Juan Luis Salgado Vasquez Juez Redactor Fecha: 14/03/2022 18:02:44 BXYSYNFGYV Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Integrante Fecha: 17/03/2022 14:56:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 procedieron a la fiscalización del Bus PPU KCRW.38, de la empresa “Pullman Bus”, itinerario Calama –Santiago . Al realizar una revisión de los equipajes, apoyados del ejemplar canino detector de drogas “FOXY”, dando esta ejemplar una alerta positiva, tanto corporal como marcación activa en un bolso color fucsia marca Nike que portaba el imputado, don ADRIAN ALEJANDRO OLIVERI CARIACO, logrando verificar que en su interior este transportaba 16 botellas de diferentes marcas y medidas contendoras de una sustancia liquida transparentes , la que posteriormente se estableció que correspondía a Ketamina con un peso bruto de 21 kilos 815 gramos, procediendo a su detención y a la incautación de un teléfono celular marca Huawei color negro.” Se indicó que los hechos descritos constituirían el delito de tráfico ilícito de drogas y estupefacientes en grado de consumado, previsto y sancionado por los artículos 3 y 1 de la ley 20.000, en el cual le cabría participación al acusado en
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 Nº 1, 18, 25, 29, 31, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 1, 3, 40, 43, 45 y 46 de la Ley Nº 20.000 y su Reglamento; artículos 1, 31, 45, 47, 52, 53, 152, 275, 295, 297, 325, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 348 y 468 del Código Procesal Penal; artículo 34 de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a ADRIAN ALEJANDRO OLIVERI CARIOCA, ya Sergio Antonio Villa Romero Juez Presidente Fecha: 14/03/2022 17:59:38 Juan Luis Salgado Vasquez Juez Redactor Fecha: 14/03/2022 18:02:44 BXYSYNFGYV Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Integrante Fecha: 17/03/2022 14:56:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 15 individualizado, a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, junto a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 1° en rela
Texto Completo (Preview)
1 Antofagasta, doce de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha siete de marzo del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la juez Presidente de la sala, Sergio Villa Romero (D) e integrada por los jueces Paul Contreras Saavedra (D) y Juan Luis Salgado Vásquez, se llevó a efecto de modo telemático a través
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica