MARCANO/COMERCIAL ALIAGA HERMANOS LTDA.
Rol
M-3211-2020
Fecha
3 de junio de 2021
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Provee escrito: Al escrito presentado por la parte demandante: por digitalizados los documentos. Al escrito presentado por la parte demandada: por digitalizados Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos controvertidos: 1.- Fecha de inicio relación laboral entre las partes, funciones desempeñadas, remuneración pactada y percibida y jornada laboral. 2.- Fecha de término de los servicios. Pormenores y circunstancias, en especial si fue por despido de la demandada, cumplimiento formalidades legales al efecto y efectividad de los hechos contenidos en la comunicación respectiva. 3.- Si las ausencias de la demandante se encuentran justificadas. 4.- Existencia pacto suspensión laboral entre las partes, términos del mismo y período que abarca. 5.- Prestación adeudada a la demandante, al término de los servicios, referida a feriado proporcional Medios de Prueba: La parte demandada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo entre demandante y demandada de fecha 3 de diciembre de 2018. La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Contrato de trabajo de fecha 03.12.2018.- 2. Liquidación de diciembre de 2018.- 3. Certificado de Beneficio Ley de Protección al Empleo de fecha 23.10.2020 emitido por AFC Chile S.A. 4. Carta de despido de fecha 05.08.2020. 5. Carta de despido de fecha 21.08.2020. 6. Reclamo de N° 1318/2020/14438 de fecha 03.09.2020. 7. Acta de comparendo de conciliación de fecha 16.09.2020. Confesional: La parte demandante se desiste de esta prueba, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Exhibición de documentos: La parte demandada no exhibe a la d
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 10, 33, 41 y siguientes, 63, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 454, 455, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, HA LUGAR la demanda interpuesta por doña MARLYN DEL VALLE MARCANO LEON, Rut: 26.520.325-6 en contra de su ex empleador COMERCIAL ALIAGA HERMANOS LTDA., Rut: 76.863.530-7, representada legalmente por don Carlos Raúl Aliaga Torres y en consecuencia se declara que el despido de que fue objeto la demandada con fecha 20 de agosto de 2020 es injustificado, en consecuencia se condena a dicha demandada a pagarle las siguientes prestaciones: a) $466.005 por indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $932.000 por indemnización por años de servicio. c) $745.628 por recargo legal del 80% sobre la indemnización anterior. d) $219.022 por feriado proporcional. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo más reajustes e intereses conforme lo previsto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida, regulándose las costas personales en la suma de $300.000. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo, conforme a lo previsto en el artículo 462 del Código del Trabajo. Regístrese, téngase a las partes por notificadas, en est
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 03 DE JUNIO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 15 virtual RUC 20-4-0301798-2 RIT M-3211-2020 MAGISTRADO LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERIC PIZARRO LUCO HORA DE INICIO 10:15 HORAS HORA DE TERMINO 11:10 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 20403017
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