Juzgado de Garantía de Ovalle.

MINISTERIO PUBLICO C/ CYNTHIA PAULINA CARTES GONZÁLEZ

Rol

O-75-2022

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 13 de enero de 2022, alrededor de las 17:30 horas, al interior del local comercial “El Bodegón”, ubicado en calle Tocopilla 152, comuna de Ovalle, la imputada Cynthia Paulina Cartes González, sustrajo y se apropió de un celular marca vivo Modelo UB-20, color negro de la empresa Movistar, de propiedad de la víctima Jaime Aníbal Cortes Bugueño, avaluada en la suma de $150.000, sacándolo desde la mesa donde se encontraba la víctima para luego huir del lugar, acto seguido la imputada fue detenida por personal policial en la vía publica, manteniendo la especie en su poder entregándola voluntariamente. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 N°9, 49, 70 y 446 N°3 del Código Penal artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley 18.216 modificad por la Ley 20.603, se declara: I.- Que se condena a Cynthia Paulina Cartés González, cédula nacional de identidad N°17.979.931-6, ya individualizado(a), a sufrir la pena de (41) cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de una unidad tributaria mensual, por su participación como autora de un delito de hurto simple, en desarrollo consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, en perjuicio de la tienda comercial “El Bodegón”, el día 13 de enero de 2022. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Sin costas por haber reconocido responsabilidad y haber evitado un juicio oral. II.- Que se concede a la sentenciada la pena sustitutiva de la privativa de libertad de reclusión parcial nocturna penitenciaria, la que cumplirá en un establecimiento destinado al efecto por Gendarmería de Chile, a partir de la fecha en que quede ejecutoriada esta sentencia, entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente. La sentenciada deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia al Centro de Detención Preventiva de Ovalle, a iniciar el cumplimento de la pena sustitutiva concedida ba

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Cynthia Paulina Cartés González, cédula nacional de identidad N°17.979.931-6, ya individualizado(a), a sufrir la pena de (41) cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de una unidad tributaria mensual, por su participación como autora de un delito de hurto simple, en desarrollo consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, en perjuicio de la tienda comercial “El Bodegón”, el día 13 de enero de 2022. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Sin costas por haber reconocido responsabilidad y haber evitado un juicio oral. II.- Que se concede a la sentenciada la pena sustitutiva de la privativa de libertad de reclusión parcial nocturna penitenciaria, la que cumplirá en un establecimiento destinado al efecto por Gendarmería de Chile, a partir de la fecha en que quede ejecutoriada esta sentencia, entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente. La sentenciada deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia al Centro de Detención Preventiva de Ovalle, a iniciar el cumplimento de la pena sustitutiva concedida bajo apercibimiento de revocarle esta. Téngase presente tres días de abono a considerar: 14 de enero, 05 de febrero y 08 de marzo todos del año 2022. III.- En cuanto a la pena de multa de una unidad tributaria mensual, se le otorgan tres cuotas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una de ellas, debiendo pagar la prime

Texto Completo (Preview)

/acb SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., a ocho de marzo de dos mil veintidos Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado DARÍO ARTURO DÍAZ PEÑA Y LILLO RUC 2200047879-6 RIT 75-2022 Delito Hurto simple, articulo 446 N° 3 del Código Penal Grado de ejecución consumado Participación autor Atenuante(s) articulo 11 N° 9 del Código Penal Agravante(s) No concur

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