MP C/ YERKO ANTONIO ROLDÁN HERNÁNDEZ
Rol
O-1303-2020
Fecha
3 de marzo de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 10 de febrero de 2020 en horas de la madrugada ambos imputados YERKO ANTONIO ROLDÁN HERNÁNDEZ y BENJAMÍN JESÚS RUBIO ESPINOZA, concurrieron hasta el restaurante de nombre la picada de Vitorio ubicado en Avenida Independencia 756 y una vez allí procedieron a forzar la puerta de ingreso al mismo forzando la chapa y posteriormente a romper candados que se encontraban en la estructura de la puerta de acceso al restaurante para efectos de mantenerlo cerrado. Una vez adentro del restaurante La picada de Victorio procedieron a introducir a dentro de una bolsa que portaban diversas especies que no eran de su propiedad, eran de propiedad del propietario del mencionado restaurante entre ellas un equipo de música marca volt modelo 360, y diversos aparatos luminosos tipo disco junto con su fuente de energía, mientras realizaban esta conducta fueron detenidos por funcionarios policiales, no logrando sacar las especies de la Esfera de resguardo de su titular”. Valparaíso, tres de marzo de dos mil veintidós VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de esta sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto lo dispuesto por los artículos 1, 7, 14, 15, 442 del Código Penal, artículos, 393, 394, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos pertinentes de la Ley 18.216, se declara: XMXGYKCFDF Camilo Alberto Obrador Castro Juez de garantía Fecha: 08/03/2022 09:42:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se CONDENA a YERKO ANTONIO ROLDÁN HERNÁNDEZ, cédula de identidad 19.327.735-7, ya
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto por los artículos 1, 7, 14, 15, 442 del Código Penal, artículos, 393, 394, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos pertinentes de la Ley 18.216, se declara: XMXGYKCFDF Camilo Alberto Obrador Castro Juez de garantía Fecha: 08/03/2022 09:42:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se CONDENA a YERKO ANTONIO ROLDÁN HERNÁNDEZ, cédula de identidad 19.327.735-7, ya individualizado, en calidad de autor de un delito frustrado de robo en lugar no habitado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en los hechos ocurrido el día 10 de febrero del año 2020, en la jurisdicción de este tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en la Ley 18.216 se sustituye la pena impuesta por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo permanecer en su domicilio ubicado en La Bodeguilla S/N, Quebrada Alvarado, comuna de Olmué, desde las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente por el
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RUC 2000151044-5 RIT 1303 - 2020 IMPUTADO: YERKO ANTONIO ROLDÁN HERNÁNDEZ, cédula de identidad 19.327.735-7, domiciliado en La Bodeguilla S/N Quebrada Alvarado, Olmué. HECHOS: “El día 10 de febrero de 2020 en horas de la madrugada ambos imputados YERKO ANTONIO ROLDÁN HERNÁNDEZ y BENJAMÍN JESÚS RUBIO ESPINOZA, concurrieron hasta el restaurante de nombre la picada de Vitorio ubicado en Avenida Inde
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