Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.

MP CALAMA C/ ERNESTO DAVID ROJAS CONTRERAS

Rol

O-208-2021

Fecha

7 de marzo de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación. La defensa señaló, en su apertura, que instará por veredicto absolutorio por falta de participación en los hechos. Su representado no ha visitado la comuna de Calama hace 15 años, incluso desconoce los hechos por los cuales se le acusa, en el momento del control de detención, su representado fue controlada la detención, pero existen audios en audiencia de control de detención que efectivamente el día de los hechos su representado es detenido por orden de detención mas no flagrancia. No participó en los hechos que se le acusan. CUARTO: Declaración del acusado. Que legalmente enterado de sus derechos y de los hechos transcritos en la acusación, el imputado decidió prestar declaración, señalando que la más de 15 años que no va a Calama, por ende, en la fecha que supuestamente lo tomaron detenido en Calama estaba en casa de una buena amiga en alto hospicio, que la trata como una hermana, fue para las festividades de diciembre. Es consumidor de droga y a veces se pierde en la calle y ella lo sale a buscar, llevaba 3 días perdido a esa fecha, es difícil que viajara esa fecha porque había pandemia y necesitaba pase y vacunas para viajar, es medio tonto que haya sido él a quien detuvieron en Calama, siendo que los permisos quedaban registrados, le parece ilógico lo sucedido y lo pilla de sorpresa. Reitera que es la persona equivocada. Hace 15 años que no pisa Calama. El fiscal no pregunta. Al defensor dijo que es consumidor de droga, que a la época de los hechos estaba en Alto Hospicio y concurría a la casa de su amiga, en ese momento estaba en situación calle, y ella cuando llegaba a buscarlo a la calle se lo llevaba a la casa mientras el papá trabajaba en la mina, porque era medio cuático. QUINTO: Convenciones probatorias. Que los intervinientes no acordaron convenciones probatorias. SEXTO: Prueba del Ministerio Público. Que, con el objeto de acreditar los hechos materia de la acusación, el Ministerio Público rindió la siguiente prueba: I.- T

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, compuesto por sus jueces don Juan Pablo Ramírez Núñez, don Salvador Garrido Aranela y doña Rosa Caballero Burgos, se llevó a efecto el día dos de marzo de dos mil veintidós, la audiencia de juicio oral en la causa RIT N°208-2021, seguida en contra del acusado ERNESTO DAVID ROJAS CONTRERAS, cédula de identidad N°17.654.249-7, nacido el 5 de abril de 1990 en Calama, chileno, soltero, 31 años, obrero, apercibido conforme al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio de Calle Madame Curie N°2362, oficina 13, de Calama quien fue representado por el Defensor Penal Público don Rodrigo Garrido Flores, cuyo domicilio y forma de notificación se encuentra registrado en el presente juicio. El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal adjunto don Gabriel Zepeda, domiciliado en Avenida Granaderos N°2.426, Calama. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el Ministerio Público dedujo acusación en los siguientes términos: “El 22 de diciembre de 2020, en horas de la tarde, funcionarios de Carabineros efectuaban fiscalizaciones en Chorrillos con Vivar, observando al imputado que evadía el mismo y al acercarse, se despojó desde el cinturón de una bolsa que al revisar mantenía papelillos en número de 235 y pasta base de cocaína en su interior en peso neto de 29.67 gramos”. Lo descrito precedentemente, analizado en su conjunto, configura a juicio de la Fiscalía, el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades, establecido en el artículo 4º en relación al 1 de la Ley 20.000, en grado de ejecución de consumado, y siendo la participación del acusado la de autor de conformidad a lo establecido en el artículo 15 número 1 del Código Penal. A juicio del Ministerio Público, concurren la agravante de ser reincidente en delito de la misma especie, por lo que solicita se imponga al acusado la pena de 541 días de presidio menor en grado medio, más multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales, sufriendo por vía de sustitución la pena de reclusión en ROSA ANTONIETA CABALLERO BURGOS Juez Redactor Fecha: 07/03/2022 16:28:13 Salvador Andre Garrido Aranela Juez Integrante Fecha: 07/03/2022 16:34:58 JXFDYJTPVT Juan Pablo Luciano Ramirez Nunez Juez Presidente Fecha: 07/03/2022 16:51:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl -2- algún establecimiento penitenciario, regulándose un día por cada media UTM, accesorias legales costas del juicio en los términos del artículo 24 del Código Penal, más comiso de las especies utilizadas en la comisión del de

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 Nº1, 15 Nº1, 18, 30, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 1, 45, 295, 296, 297, 325 y siguientes, 340, 341, 342, 344 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 4 y 46 de la Ley 20.000, y artículos pertinentes de la Ley 18.216 y ley Nº19.970, se declara: I.- Que se condena a ERNESTO DAVID ROJAS CONTRERAS, cédula de identidad N°17.654.249-7, ya individualizado, a cumplir la pena de 541 (quinientos cuarenta y un) días de presidio menor en su grado medio, más el pago de una multa de 10 (diez) unidades tributarias mensuales y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena, como ROSA ANTONIETA CABALLERO BURGOS Juez Redactor Fecha: 07/03/2022 16:28:13 Salvador Andre Garrido Aranela Juez Integrante Fecha: 07/03/2022 16:34:58 JXFDYJTPVT Juan Pablo Luciano Ramirez Nunez Juez Presidente Fecha: 07/03/2022 16:51:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl -15- autora del delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en re

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-1- C/ ERNESTO DAVID ROJAS CONTRERAS, RIT: 208-2021 RUC: 2001282214-7 TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES. Calama, siete de marzo de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, compuesto por sus jueces don Juan Pablo Ramírez Núñez, don S

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