ANONIMIZADO
Rol
C-702-2020
Fecha
6 de septiembre de 2022
Materia
ALIMENTOS, ALIMENTOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS No constando en autos que la actora haya dado cumplimiento a lo resuelto con fecha 27 de agosto pasado dentro del plazo allí indicado. Encontrándose en exceso vencido el término para hacerlo, y en uso de las facultades conferidas, entre otros, por el artículo 13 de la Ley 19.968. Se hace efectivo el apercibimiento contenido en la mencionada resolución y se declara: Se pone término a la tramitación de la presente causa, disponiéndose el archivo de los antecedentes, debiendo la parte interesada, si así lo estima, iniciar una nueva demanda. Para...
Fallo
se declara: Se pone término a la tramitación de la presente causa, disponiéndose el archivo de los antecedentes, debiendo la parte interesada, si así lo estima, iniciar una nueva demanda. Para...
Texto Completo (Preview)
SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE SAN MIGUEL Álvarez de Toledo 1020, San Miguel jfsanmiguel2@pjud.cl San Miguel, seis de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS No constando en autos que la actora haya dado cumplimiento a lo resuelto con fecha 27 de agosto pasado dentro del plazo allí indicado. Encontrándose en exceso vencido el término para hacerlo, y en uso de las facultades conferidas, entre otros,
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