Juzgado de Familia Quilpue

ANONIMIZADO

Rol

C-673-2022

Fecha

5 de septiembre de 2022

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

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Hechos

Quilpué, cinco de septiembre de dos mil veintidós A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO, TERCERO Y QUINTO OTROSÍES: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL CUARTO OTROSÍ: Como se pide, concurra la peticionaria directamente a dependencias del Banco Estado junto al oficio que se adjunta en la presente resolución, a fin de proceder a la apertura de la cuenta de ahorro a la vista. AL SEXTO OTROSÍ: Téngase presente patrocinio y poder.

Fundamentos

Considerando: 1° Que comparecen don Eder y doña Saray, solicitando se declare terminado por divorcio de mutuo acuerdo su...

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Quilpué, cinco de septiembre de dos mil veintidós A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO, TERCERO Y QUINTO OTROSÍES: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL CUARTO OTROSÍ: Como se pide, concurra la peticionaria directamente a dependencias de

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