ARCE/CONSTRUCTORA VEGAS NORTE SPA
Rol
O-212-2020
Fecha
2 de junio de 2021
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 9, 41, 63, 73, 160, 162, 163, 168, 171, 173, 453, 454, 456, 458 ,459, y 461 del Código del Trabajo se declara: I.- Que se declara que las demandadas Constructora Vegas Norte SPA, Inmobiliaria y Constructora Servieq Ltda., Servicios y Equipos Ltda., y José Luis Cortes Veliz E.I.R.L conforman una unidad económica empresarial en los términos que establece el artículo 3° del Código del Trabajo. II.- Que ajustándose a derecho la decisión del trabajador don Pablo Alberto Paz Espinoza, en ordena a poner término a su contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo, se condena a las demandadas Constructora Vegas Norte SPA, Inmobiliaria y Constructora Servieq Ltda., Servicios y Equipos Ltda., y José Luis Cortes Veliz E.I.R.L a pagar, de manera solidaria, a favor del demandante las siguientes prestaciones: 1.- La suma $806.133 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- La suma de $ 1.612.266 por concepto de años de servicios, suma que deberá incrementarse en un 50% de conformidad con lo que dispone el artículo 171 del código del trabajo, esto es, en la suma de $806.133. 3.- La suma de 1.080.842 por concepto de feriado legal y proporcional. 4.- Al pago de las cotizaciones de seguridad adeudadas, esto es, cotizaciones de AFP Hábitat de marzo, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020, de Isapre Consalud de octubre de 2017 y enero de 2020 y cotizaciones de AFC de enero, marzo, agosto, septiembre, y octubre de 2019 y enero de 2020. III.- Que las sumas referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del código del trabajo. IV.- Que ser rechaza la demanda en cuanto se pretendía que la demandada siguiera pagando las remuneraciones hasta una eventual convalidación del autodespido. V.- Que se condena en costas a las demandadas En su oportunidad notifíquese la sentencia a AFP Hábitat
Fallo
se declara: I.- Que se declara que las demandadas Constructora Vegas Norte SPA, Inmobiliaria y Constructora Servieq Ltda., Servicios y Equipos Ltda., y José Luis Cortes Veliz E.I.R.L conforman una unidad económica empresarial en los términos que establece el artículo 3° del Código del Trabajo. II.- Que ajustándose a derecho la decisión del trabajador don Pablo Alberto Paz Espinoza, en ordena a poner término a su contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo, se condena a las demandadas Constructora Vegas Norte SPA, Inmobiliaria y Constructora Servieq Ltda., Servicios y Equipos Ltda., y José Luis Cortes Veliz E.I.R.L a pagar, de manera solidaria, a favor del demandante las siguientes prestaciones: 1.- La suma $806.133 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- La suma de $ 1.612.266 por concepto de años de servicios, suma que deberá incrementarse en un 50% de conformidad con lo que dispone el artículo 171 del código del trabajo, esto es, en la suma de $806.133. 3.- La suma de 1.080.842 por concepto de feriado legal y proporcional. 4.- Al pago de las cotizaciones de seguridad adeudadas, esto es, cotizaciones de AFP Hábitat de marzo, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020, de Isapre Consalud de octubre de 2017 y enero de 2020 y cotizaciones de AFC de enero, marzo, agosto, septiembre, y octubre de 2019 y enero de 2020. III.- Que las sumas referidas deberán ser pagadas con l
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ACTA DE AUDIENCIA JUICIO FECHA 02 DE JUNIO DE 2021 RUC 20-4-0261947-4 RIT O-212-2020 MAGISTRADO RODRIGO DIAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIO SILVA BUZETA SALA 3 HORA DE INICIO 10:39 HORA DE TERMINO 11:22 Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0261947-4 PARTE DEMANDANTE PABLO ALBERTO ARCE ESPINOZA ABOGADO RODRIGO BRICEÑO CORTES PARTE DEMANDADA CONSTRUCTORA VEGAS NORTE SPA (EN R
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